Ley 24/2022, de 25 de noviembre, para el reconocimiento efectivo del tiempo de prestación del servicio social de la mujer en el acceso a la pensión de jubilación parcial
También conocida como: L 24/2022, L 24/22Esta ley permite que las mujeres sumen el tiempo que hicieron de servicio social obligatorio para calcular su pensión de jubilación parcial.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo único — Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre
Se modifica el artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social y la disposición transitoria cuarta, para reconocer el tiempo de servicio social de la mujer en el acceso a la pensión de jubilación parcial.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la Ley 24/2022, de 25 de noviembre, para el reconocimiento efectivo del tiempo de prestación del servicio social de la mujer en el acceso a la pensión de jubilación parcial.
Disposición final primera — Modificación de la disposición adicional trigésima octava del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre
Se añade un apartado dos a la disposición adicional trigésima octava del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, para regular el reconocimiento del servicio social de la mujer en la jubilación parcial.
Disposición final segunda — Título competencial
La ley se dicta en virtud del artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La Ley 24/2022, de 25 de noviembre, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el art. 215.2.d) y las disposiciones transitoria 4.6.f) y adicional 38 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11724
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