Orden ETD/600/2022, de 29 de junio, por la que se complementa el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros para el cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados; y por la que se modifica la fecha de entrada en vigor de determinadas obligaciones de las entidades declarantes a la Central de Información de Riesgos del Banco de España establecidas en la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente, y por la que se modifica la Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios
También conocida como: O 600/2022, O 600/22Norma que regula los seguros para agricultores y actualiza las normas de transparencia y publicidad de los bancos para proteger a los clientes.
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Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación
La orden complementa el reaseguro del 43º Plan Agrario 2022 (líneas A y B). El ejercicio es del 1 de enero al 31 de diciembre. La aplicación se prorrogará automáticamente para ejercicios sucesivos.
Artículo 2 — Régimen jurídico del complemento de reaseguro
Para lo no dispuesto en esta orden sobre el reaseguro complementario temporal, se aplican las disposiciones vigentes del sistema establecido en la Orden ECE/497/2019, de 22 de abril.
Artículo 3 — Compensación complementaria del exceso de siniestralidad
El Consorcio compensa el exceso de siniestralidad en líneas A y B según la ratio Reserva/Capital Asegurado. Se establecen cinco tramos con coberturas del 5% al 0% sobre siniestralidad menos prima recargada o prima comercial.
Disposición final primera
Se modifica la Orden ETD/699/2020: la disposición transitoria única pasa a ser primera; se introduce una nueva disposición transitoria segunda; y se redacta de nuevo el apartado a) de la disposición final segunda.
Disposición final segunda — Título competencial
La orden se basa en competencias estatales sobre crédito, banca y seguros. La norma modificada se ampara en su propio título competencial.
Disposición final tercera — Entrada en vigor y efectos
La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. El reaseguro del Consorcio se aplica retroactivamente a operaciones desde el 1 de enero de 2022.
Información general
Temas
Notas oficiales
Entrada en vigor:, en la forma indicada en la disposición final 3, el 1 de julio de 2022.
Leyes en las que se basa
- el art. 45 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre BOE-A-1979-23945
- la Orden ECE/497/2019, de 22 de abril BOE-A-2019-6539
- la disposición transitoria única y la final 2.a) y AÑADE la disposición transitoria 2 a la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio BOE-A-2020-8583
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