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Ya no está en vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales

También conocida como: RDL 9/2021, RDL 9/21
Ver en BOE
12 de mayo de 2021·Jefatura del Estado·BOE-A-2021-7840
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley reconoce que los repartidores de plataformas digitales son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos, garantizando sus derechos laborales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
12 de mayo de 2021
Departamento
Jefatura del Estado

Notas oficiales

Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, BOE-A-2021-15767.

Leyes en las que se basa

  • el art. 64.4 y AÑADE la disposición adicional 23 a la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre BOE-A-2015-11430

Leyes que la modifican

  • por Resolución de 10 de junio de 2021 BOE-A-2021-10225
  • en el Recurso 4977/2021, su desestimación, por Sentencia 144/2023, de 25 de octubre BOE-A-2023-24507
  • en el Recurso 4469/2021, su desestimación, por Sentencia 147/2023, de 6 de noviembre BOE-A-2023-25629
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