Saltar al contenido
← Volver
En vigorDecreto urgente

Decreto-ley 20/2020, de 26 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para paliar los efectos sociales derivados de la COVID-19 mediante el abono de una prestación extraordinaria a las personas titulares de las pensiones no contributivas, del fondo de asistencia social, del subsidio de garantía de ingresos mínimos y de la prestación canaria de inserción, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias

También conocida como: RDL 20/2020, RDL 20/20
Ver en BOE
20 de marzo de 2021·27 de noviembre de 2020·Comunidad Autónoma de Canarias·BOE-A-2021-4373
Resumen en lenguaje sencillo

Ayuda económica extraordinaria para personas con pensiones no contributivas o rentas mínimas en Canarias para paliar los efectos de la pandemia.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

14
Artículos
1
Versiones
10
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (14 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Se establece una prestación extraordinaria para cubrir gastos de protección por COVID-19 a beneficiarios de pensiones no contributivas, FAS, SGIM y prestación canaria de inserción.

  2. Artículo 2 — Finalidad y naturaleza jurídica

    Prestación única, personal e intransferible para gastos COVID-19 (mascarillas, pruebas, etc.). No consolidable ni recurrente.

  3. Artículo 3 — Cuantía y pago

    Ayuda de 250 euros, pago único de oficio por transferencia a la cuenta de la pensión. No requiere solicitud.

  4. Artículo 4 — Financiación

    Financiación con cargo a la aplicación presupuestaria 23.07.231I.480.01 L.A. 234G0800, hasta 11.717.750 euros.

  5. Artículo 5 — Personas beneficiarias y devengo

    Beneficiarios: titulares de PNC, FAS y SGIM, dados de alta en nómina el 10 de diciembre de 2020 y residentes en Canarias.

  6. Artículo 6 — Objeto

    Se establece una prestación social extraordinaria para titulares de la Prestación Canaria de Inserción (PCI) para cubrir gastos derivados de la pandemia del COVID-19.

  7. Artículo 7 — Finalidad y naturaleza jurídica

    La prestación es extraordinaria y suplementaria para gastos como mascarillas o pruebas diagnósticas. No se computa para el cálculo de la PCI ni es transferible.

  8. Artículo 8 — Cuantía y pago

    La cuantía es de 250 euros, pago único de oficio por la Consejería de Derechos Sociales. Se abona por transferencia a la cuenta habitual de la PCI sin necesidad de solicitud.

  9. Artículo 9 — Financiación

    La financiación se realiza con cargo a la aplicación presupuestaria 23.07.231I.480.01 L.A. 234G0800, con un límite de 2.050.000 euros en los Presupuestos de 2020.

  10. Artículo 10 — Personas beneficiarias y devengo

    Beneficiarios: titulares PCI de la unidad de convivencia con dicha condición al 1 de diciembre de 2020. Pago único por unidad.

  11. Disposición adicional única — Carácter de renta o ingreso no computable

    Estas prestaciones no se computan como renta para premios, subvenciones, ayudas o becas destinadas a compensar gastos, ni para otras ayudas de las Administraciones públicas canarias.

  12. Disposición final primera — Habilitación a la Consejería competente en materia de derechos y políticas sociales

    La Consejería competente en materia de derechos y políticas sociales dicta las resoluciones e instrucciones interpretativas necesarias para garantizar la eficacia del Decreto-ley.

  13. Disposición final segunda — Modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción

    Se modifica el apartado 4 del artículo 9 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, que regula la Prestación Canaria de Inserción.

  14. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Decreto-ley 20/2020 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de marzo de 2021
Departamento
Comunidad Autónoma de Canarias

Notas oficiales

Publicada en el BOC núm. 243, de 27 de noviembre de 2020.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • por Resolución de 17 de diciembre de 2020 BOC-j-2020-90552
apoyo familias vulnerablesayuda COVID-19ayuda económica urgenteayuda extraordinaria Canariaspensiones no contributivasprestación canaria de inserciónsubsidio ingresos mínimos