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En vigorLey

Ley 6/2021, de 15 de noviembre, de medidas para la renovación y modernización de los establecimientos de alojamiento turístico

También conocida como: L 6/2021, L 6/21
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20 de diciembre de 2021·22 de noviembre de 2021·Comunidad Autónoma de Andalucía·BOE-A-2021-20915
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley facilita y ayuda a modernizar hoteles y apartamentos turísticos en Andalucía para mejorar su calidad y eficiencia.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

8
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1
Versiones
6
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La ley promueve la renovación de alojamientos turísticos (hoteles, apartamentos, campamentos, casas rurales, complejos rurales) en suelo urbano andaluz para reducir estacionalidad o mejorar servicios, con carácter excepcional y transitorio.

  2. Artículo 2 — Contenido de la medida

    Se permite incrementar la edificabilidad y ocupación hasta un 15%. Hasta un 20% si se mejora la categoría o se obtiene Gran Lujo. Requiere aprobación de planeamiento si el aprovechamiento aumenta más de un 10%, con pago del 10% del valor. Se permite mayor altura para instalaciones y servicios en cub

  3. Artículo 3 — Régimen y duración

    Obras turísticas requieren licencia municipal y sectorial. La Delegación de Turismo verifica adecuación. Edificaciones quedan vinculadas al uso turístico (inscripción en Registro de la Propiedad) y se incorporan al planeamiento. Plazo de 3 años para iniciar trámites.

  4. Disposición adicional primera — Memoria de seguimiento y evaluación

    La Consejería de Turismo elabora anualmente una memoria de seguimiento y evaluación de la ley, más una final al concluir el plazo del artículo 3.5. Ambas se remiten al Parlamento de Andalucía y se publican en su web.

  5. Disposición adicional segunda

    Esta ley se aplica a las actuaciones de mejora en los palacios de exposiciones y congresos existentes en la Comunidad Autónoma.

  6. Disposición transitoria única — Procedimientos de otorgamiento de licencia urbanística en tramitación a la entrara en vigor de la ley

    La medida del artículo 2 aplica a licencias urbanísticas en tramitación al entrar la ley, sin ser nueva solicitud. Se requiere modificado del proyecto de obras adecuado a esta ley y nueva declaración responsable conforme a normativa turística.

  7. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley.

  8. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Ley 6/2021, de 15 de noviembre, de medidas para la renovación y modernización de los establecimientos de alojamiento turístico, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de diciembre de 2021
Departamento
Comunidad Autónoma de Andalucía

Notas oficiales

Publicada en el BOJA núm. 224, de 22 de noviembre de 2021.

Leyes en las que se basa

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