Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra
También conocida como: O 708/2020, O 708/20Esta norma explica cómo se organiza y estructura internamente el Ejército de Tierra para cumplir con sus funciones de defensa.
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Artículo por artículo
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Artículo único — Aprobación de la organización del Ejército de Tierra
Se aprueba la organización básica del Ejército de Tierra, conforme a la disposición final segunda del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional única — No incremento del gasto público
La aplicación de esta orden no incrementa el gasto público ni el coste de funcionamiento del Ejército de Tierra, aunque modifique o cree unidades.
Disposición transitoria única — Unidades existentes
Las unidades existentes adaptan sus funciones. Las no contempladas dependen del JEMAD hasta que entren en vigor nuevas instrucciones o se disuelvan.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga la Orden DEF/1265/2015 y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a esta orden ministerial.
Disposición final primera — Desarrollo y ejecución
Se faculta al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra para desarrollar esta Orden, incluyendo unidades no contempladas expresamente.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, que desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Artículo 1 — Organización del Cuartel General del Ejército de Tierra
El Cuartel General del Ejército de Tierra incluye Estado Mayor, Gabinete, Ciberespacio, Instituto de Historia, Asesoría Jurídica e Intervención Delegada, órgano de control económico-financiero.
Artículo 2 — El Estado Mayor del Ejército de Tierra
El EME auxilia al JEME. Se articula en: Jefatura, Secretaría General, División de Planes, División de Operaciones y División de Logística. Cada una tiene funciones específicas de apoyo, planeamiento, operaciones y logística.
Artículo 3 — El Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra
El Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra apoya inmediatamente al JEME. Estudia, asesora y tramita asuntos institucionales, de comunicación social y otros no atribuidos a otros órganos del Cuartel General.
Artículo 4 — La Jefatura del Ciberespacio y de los Servicios de Asistencia Técnica
La Jefatura del Ciberespacio gestiona TIC, ciberdefensa y guerra electrónica. Se articula en: Subdirección de Servicios de Asistencia Técnica, de Sistemas de Información y Telecomunicaciones, y de Ciberdefensa y Actividades Electromagnéticas.
Artículo 5 — El Instituto de Historia y Cultura Militar
El Instituto de Historia y Cultura Militar protege el patrimonio. Se articula en: Subdirección de Estudios Históricos, Subdirección de Patrimonio Histórico y Cultural, Museo del Ejército, Centros de Historia y Cultura Militar y Archivos Generales Militares.
Artículo 6 — La Asesoría Jurídica del Ejército de Tierra
La Asesoría Jurídica del Ejército de Tierra es el órgano consultivo único para el JEME y otros órganos determinados. Depende orgánicamente del JEME y funcionalmente de la Asesoría Jurídica General de la Defensa.
Artículo 7 — Unidades de la Fuerza
Las unidades de la Fuerza del Ejército de Tierra deben seguir la doctrina militar y tradición. Su principal cometido es prepararse para constituir estructuras operativas militares, asegurando adaptación al entorno.
Artículo 8 — Organización de la Fuerza
La Fuerza del Ejército de Tierra depende directamente del JEME y está constituida por: Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad, Fuerza Terrestre y Mando de Canarias del Ejército de Tierra.
Artículo 9 — Organización del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad
El Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad, de nivel Cuerpo de Ejército, lidera operaciones multinacionales terrestres. Se organiza según el Real Decreto 2015/2004 y dispone de unidades de apoyo al combate.
Artículo 10 — Organización de la Fuerza Terrestre
La Fuerza Terrestre prepara estructuras operativas. Se articula en Cuartel General, División «Castillejos», División «San Marcial» y Mando de Apoyo a la Maniobra.
Artículo 11 — El Cuartel General de la Fuerza Terrestre
El Cuartel General de la Fuerza Terrestre asesora al General Jefe y planea operaciones.
Artículo 12 — La División «Castillejos»
La División «Castillejos» incluye Cuartel General, Brigadas Aragón I, Rey Alfonso XIII II, Galicia VII, Guzmán el Bueno X, Extremadura XI, Guadarrama XII y otras unidades.
Artículo 13 — La División «San Marcial»
La División «San Marcial» integra Cuartel General, Brigada Almogávares VI, Mandos de Tropas de Montaña y Operaciones Especiales, y Fuerzas Aeromóviles.
Artículo 14 — El Mando de Apoyo a la Maniobra
El Mando de Apoyo incluye Cuartel General, Mandos de Artillería (Campaña y Antiaérea), Ingenieros, Transmisiones, Brigada Logística y otras unidades de apoyo.
Artículo 15 — Organización del Mando de Canarias del Ejército de Tierra
El Mando de Canarias incluye Cuartel General, Comandancias de Ceuta, Melilla, Baleares, Brigada Canarias XVI y otras unidades.
Artículo 16 — El Cuartel General del Mando de Canarias
El Cuartel General del Mando de Canarias asesora y apoya al General Jefe. Planifica, conduce y realiza el seguimiento de las operaciones determinadas.
Artículo 17 — La Comandancia General de Ceuta
La Comandancia General de Ceuta prepara estructuras operativas rápidas. Se articula en el Cuartel General y en pequeñas unidades de Combate, Apoyo al Combate y Apoyo Logístico al Combate.
Artículo 18 — La Comandancia General de Melilla
La Comandancia General de Melilla prepara estructuras operativas. Se articula en Cuartel General y pequeñas unidades de Combate, Apoyo al Combate y Apoyo Logístico al Combate.
Artículo 19 — La Comandancia General de Baleares
La Comandancia General de Baleares prepara estructuras operativas. Se articula en Cuartel General y pequeñas unidades de Combate, Apoyo al Combate y Apoyo Logístico al Combate.
Artículo 20 — La Brigada «Canarias» XVI
La Brigada 'Canarias' XVI es una unidad fija de combate integral, compuesta por unidades de combate, apoyo al combate y apoyo logístico al combate.
Artículo 21 — Organización del Apoyo a la Fuerza
El Apoyo a la Fuerza incluye: recursos humanos (Mando de Personal, Mando de Adiestramiento y Doctrina); materiales (Mando de Apoyo Logístico, Inspección General); y financieros (Dirección de Asuntos Económicos).
Artículo 22 — El Mando de Personal
El Mando de Personal gestiona, administra y controla la gestión de personal, asistencia y sanidad. Se articula en: Jefatura, Dirección de Personal, Dirección de Asistencia al Personal y Dirección de Sanidad.
Artículo 23 — La Jefatura del Mando de Personal
La Jefatura es el órgano de asistencia al Jefe del Mando de Personal. En ella se integra una Secretaria General.
Artículo 24 — La Dirección de Personal
La Dirección de Personal gestiona situaciones, ascensos, destinos, carrera y reclutamiento. Incluye: Subdirección de Carrera Militar, Subdirección de Evaluación y Subdirección de Gestión de Personal.
Artículo 25 — La Dirección de Asistencia al Personal
La Dirección de Asistencia al Personal gestiona acción social, prestaciones, calidad de vida e integración laboral. Incluye: Subdirección de Apoyo al Personal, Subdirección de Gestión de Centros, residencias y centros deportivos.
Artículo 26 — La Dirección de Sanidad
La Dirección de Sanidad dirige, gestiona y controla la sanidad (preventiva, asistencial, pericial) y asesora en apoyo logístico sanitario. También dirige el abastecimiento y mantenimiento de recursos sanitarios y el apoyo farmacéutico.
Artículo 27 — El Mando de Adiestramiento y Doctrina
El Mando de Adiestramiento y Doctrina dirige la gestión del conocimiento (doctrina, enseñanza, instrucción) y misiones de educación físico-militar, deporte y seguridad vial. Participa en la transformación digital. Se articula en Jefatura, Dirección de Investigación y Dirección de Enseñanza.
Artículo 28 — La Jefatura del Mando de Adiestramiento y Doctrina
La Jefatura del Mando de Adiestramiento y Doctrina asiste al Jefe del Mando. Integra una Secretaria General.
Artículo 29 — La Dirección de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales
La Dirección de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales dirige, inspecciona y coordina. Se articula en la Subdirección de Doctrina, Orgánica y Materiales y la Subdirección de Investigación y Lecciones Aprendidas.
Artículo 30 — La Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación
La Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación dirige la formación militar y evaluación operativa. Se articula en Subdirección de Enseñanza y Subdirección de Instrucción, Adiestramiento y Evaluación. Incluye centros docentes y de adiestramiento.
Artículo 31 — El Mando de Apoyo Logístico
El Mando de Apoyo Logístico gestiona abastecimiento, mantenimiento, transporte e ingeniería de apoyo. Se articula en Jefatura del Mando, Dirección de Adquisiciones, Dirección de Integración de Funciones Logísticas y Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico.
Artículo 32 — La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico
La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico asiste al Jefe e integra una Secretaría General y una Jefatura de Asuntos Económicos. Esta última dirige recursos financieros, contratación, contabilidad, enlace internacional contractual y gestión de derechos arancelarios.
Artículo 33 — La Dirección de Adquisiciones
La Dirección de Adquisiciones gestiona recursos materiales y adquiere bienes/servicios logísticos. Se articula en: Subdirección de Sistemas de Armas (adquisición no centralizada) y Subdirección de Suministros y Servicios (consumibles, repuestos, herramientas y apoyos).
Artículo 34 — La Dirección de Integración de Funciones Logísticas
La Dirección de Integración de Funciones Logísticas dirige abastecimiento, mantenimiento y transporte. Incluye: Subdirección de Gestión Logística, Subdirección de Análisis Logísticos (ciclo de vida) y Jefatura de Centros Logísticos (control calidad, pliegos, apoyo nivel alto).
Artículo 34 bis — La Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico
La Dirección de Ingeniería del Mando de Apoyo Logístico gestiona ingeniería de sistemas de armas, materiales y equipos. Apoya en calidad, experimentación y homologación. Se articula en Subdirección de Ingeniería de Sistemas y Subdirección de Ingeniería de Armamento y Material.
Artículo 35 — La Inspección General del Ejército de Tierra
La Inspección General del Ejército de Tierra dirige infraestructuras, protección medioambiental y prevención de riesgos laborales. Se articula en: Jefatura de la Inspección General, Dirección de Acuartelamiento y Dirección de Infraestructura.
Artículo 36 — La Jefatura de la Inspección General del Ejército de Tierra
La Jefatura de la Inspección General del Ejército de Tierra asiste al Jefe de la Inspección General e integra una Secretaría General.
Artículo 37 — La Dirección de Acuartelamiento
La Dirección de Acuartelamiento gestiona bases y recursos. Se organiza en Subinspecciones Generales: Segunda (Sur), Tercera (Pirenaica), Cuarta (Noroeste) y Quinta (Canarias).
Artículo 38 — La Dirección de Infraestructura
La Dirección de Infraestructura dirige y ejecuta construcciones y obras. Asesora en mantenimiento, ordenación de instalaciones y protección medioambiental.
Artículo 39 — La Dirección de Asuntos Económicos
La Dirección de Asuntos Económicos gestiona recursos financieros, contratación y contabilidad. Elabora el anteproyecto de presupuesto. Se articula en Subdirección de Contabilidad y Presupuesto y Subdirección de Gestión Económica y Contratación.
Artículo 40 — La Subdirección de Contabilidad y Presupuesto
La Subdirección de Contabilidad y Presupuesto elabora el anteproyecto de presupuesto, centraliza información financiera y coordina la contabilidad del Ejército de Tierra.
Artículo 41 — Subdirección de Gestión Económica y Contratación
La Subdirección de Gestión Económica y Contratación administra recursos financieros, coordina la contratación y gestiona los recursos no asignados a otras unidades del Ejército de Tierra.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden DEF/1265/2015, de 29 de junio BOE-A-2015-7238
- la disposición final 2 del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo BOE-A-2020-5190
Leyes que la modifican
- los arts. 1, 2, 4, 13, 20, 31 y 32 y SE AÑADE el 34 bis, por Orden DEF/559/2024, de 29 de mayo BOE-A-2024-11777
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