Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
También conocida como: RD 514/2020, RD 514/20Esta norma extiende el estado de alarma y las restricciones de movilidad para frenar los contagios durante la crisis sanitaria del COVID-19.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Información general
Notas oficiales
Efectos de la prórroga desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020.
Esta disposición ha dejado de estar vigente
Leyes en las que se basa
- el art. 6.2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio BOE-A-1981-12774
- el art. 7, AÑADE la disposición adicional 7 y PRORROGA, con los efectos indicados, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE-A-2020-3692
- Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo BOE-A-2020-4155
- Real Decreto 487/2020, de 10 de abril BOE-A-2020-4413
- Real Decreto 492/2020, de 24 de abril BOE-A-2020-4652
Leyes que la modifican
- el art. 3, sobre la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, por Orden SND/399/2020, de 9 de mayo BOE-A-2020-4911
- el art. 3 y se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura: Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo BOE-A-2020-4912
- el art. 3 y se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional: Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo BOE-A-2020-5054
- el art. 3, sobre flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2: Orden SND/414/2020, de 16 de mayo BOE-A-2020-5088
- el art. 3 y se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima: Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo BOE-A-2020-5125
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