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Ya no está en vigorReal Decreto

Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

También conocida como: RD 514/2020, RD 514/20
Ver en BOE
9 de mayo de 2020·Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática·BOE-A-2020-4902
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma extiende el estado de alarma y las restricciones de movilidad para frenar los contagios durante la crisis sanitaria del COVID-19.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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1
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5
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
9 de mayo de 2020
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Notas oficiales

Efectos de la prórroga desde las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020.

Esta disposición ha dejado de estar vigente

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el art. 3, sobre la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, por Orden SND/399/2020, de 9 de mayo BOE-A-2020-4911
  • el art. 3 y se establecen las condiciones a aplicar en la fase I de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura: Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo BOE-A-2020-4912
  • el art. 3 y se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional: Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo BOE-A-2020-5054
  • el art. 3, sobre flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2: Orden SND/414/2020, de 16 de mayo BOE-A-2020-5088
  • el art. 3 y se actualizan las medidas en materia de ordenación general de la navegación marítima: Orden TMA/419/2020, de 18 de mayo BOE-A-2020-5125
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