Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
También conocida como: O 1490/2012, O 1490/12Esta norma explica los requisitos y documentos necesarios para que los ciudadanos de la UE y sus familias puedan residir legalmente en España.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Derecho de residencia superior a tres meses
Los ciudadanos de la UE, EEE y Suiza tienen derecho a residir en España más de tres meses si cumplen las condiciones del artículo 7 del Real Decreto 240/2007.
Artículo 2 — Presentación e inscripción en el Registro Central de Extranjeros
La solicitud de inscripción se presenta personalmente en la Oficina de Extranjería o Comisaría. Si falta documentación, se tienen 10 días para subsanar. El certificado se expide inmediatamente con datos personales y NIE.
Artículo 3 — Documentación acreditativa
Se exige pasaporte/DNI válido. Trabajadores por cuenta ajena o propia aportan contrato/alta en Seguridad Social. Quienes no trabajan deben tener seguro de enfermedad y recursos suficientes. Los estudiantes requieren matrícula, seguro y declaración de recursos.
Artículo 4 — Aplicación del derecho de residencia superior a tres meses a los miembros de la familia
El derecho se aplica a familiares. Estudiantes: solo cónyuge e hijos a cargo. Otros casos: cónyuge, hijos menores de 21 años o a cargo, y ascendientes a cargo. Familiares no comunitarios solicitan tarjeta de residencia; los comunitarios, inscripción en el Registro.
Disposición adicional única — Normativa aplicable a los procedimientos
Para procedimientos no regulados en esta Orden, se aplica supletoriamente la Ley Orgánica 4/2000 y la Ley 30/1992, salvo que contravengan la normativa de la Unión Europea.
Disposición transitoria única
La Orden PRE/1490/2012 se aplica a las solicitudes presentadas a partir del 24 de abril de 2012. Esta disposición regula la entrada y residencia de ciudadanos de la UE y del EEE en España.
Disposición final primera — Título competencial
La Orden se basa en el art. 149.1.2ª CE, que atribuye al Estado competencia exclusiva en nacionalidad, inmigración, extranjería y asilo.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden PRE/1490/2012 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero BOE-A-2007-4184
- Directiva 2004/38/CE, de 29 de abril DOUE-L-2004-81147
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