Orden TFP/2/2020, de 8 de enero, por la que se determina la fecha a partir de la cual será efectiva la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con la Oficina de Conflictos de Intereses en los procedimientos previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1208/2018, de 28 de septiembre; y por la que se aprueban los modelos de declaraciones, comunicaciones y documentos electrónicos
También conocida como: O 2/2020, O 2/20Establece que los altos cargos deben realizar sus trámites y declaraciones de bienes ante la Oficina de Conflictos de Intereses por vía electrónica.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 17 de abril de 2020Reforma BOE-A-2020-4491Ver qué cambió →
- 10 de enero de 2020Versión original BOE-A-2020-345
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Fecha de la obligatoriedad de relación a través de medios electrónicos con la Oficina de Conflictos de Intereses
Los sujetos obligados por la Ley 3/2015 se relacionan con la Oficina de Conflictos de Intereses por medios electrónicos a partir del 20 de octubre de 2020, vía Portal FUNCIONA. Hasta esa fecha, se permite presentación electrónica o presencial.
Artículo 2 — Aprobación de los modelos
Se aprueban 15 modelos electrónicos (declaraciones de idoneidad, CV, actividades, bienes, abstenciones, cese, datos fiscales) para alto cargo. Deben cumplimentarse en la Subsede Electrónica del Portal Funciona.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga la Orden HAP/1176/2015, de 15 de junio, que aprobaba los modelos de declaraciones y comunicaciones de la Ley 3/2015 sobre alto cargo.
Disposición final primera — Habilitación a la Dirección de la Oficina de Conflictos de Intereses
La Directora de la Oficina de Conflictos de Intereses adopta resoluciones para ejecutar la Orden. La admisión de nuevos trámites se difunde en la Subsede Electrónica del Portal FUNCIONA.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden ministerial entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden HAP/1176/2015, de 15 de junio BOE-A-2015-6790
- el art. 3 y la disposición final 1 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1208/2018, de 28 de septiembre BOE-A-2018-13186
- Orden TFP/303/2019, de 12 de marzo BOE-A-2019-3910
Leyes que la modifican
- el art. 1, por Orden TFP/350/2020, de 16 de abril BOE-A-2020-4491
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.