Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, de extensión excepcional de la vigencia de los títulos habilitantes contemplados en la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, de personal ferroviario, en virtud de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en la redacción dada por la disposición final octava del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia
Esta norma permite prorrogar temporalmente la validez de los títulos y certificados necesarios para trabajar en el sector ferroviario.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Información general
Temas
Notas oficiales
Vigencia hasta el 30 de noviembre de 2020.
Esta disposición ha dejado de estar vigente
Leyes en las que se basa
- la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre BOE-A-2010-17236
- la disposición adicional 21 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre BOE-A-2015-10440
- la Orden TMA/245/2020, de 17 de marzo BOE-A-2020-3821
- el Reglamento (UE) 2020/698, de 25 de mayo DOUE-L-2020-80791
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