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Ya no está en vigorInstrucción

Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, de extensión excepcional de la vigencia de los títulos habilitantes contemplados en la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, de personal ferroviario, en virtud de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en la redacción dada por la disposición final octava del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia

Ver en BOE
24 de septiembre de 2020·Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana·BOE-A-2020-11132
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma permite prorrogar temporalmente la validez de los títulos y certificados necesarios para trabajar en el sector ferroviario.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
24 de septiembre de 2020
Departamento
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Notas oficiales

Vigencia hasta el 30 de noviembre de 2020.

Esta disposición ha dejado de estar vigente

Leyes en las que se basa

  • la Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre BOE-A-2010-17236
  • la disposición adicional 21 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre BOE-A-2015-10440
  • la Orden TMA/245/2020, de 17 de marzo BOE-A-2020-3821
  • el Reglamento (UE) 2020/698, de 25 de mayo DOUE-L-2020-80791
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