Real Decreto 259/2019, de 12 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado
También conocida como: RD 259/2019, RD 259/19Esta norma crea unidades especializadas en los ministerios para asegurar que la igualdad entre hombres y mujeres se aplique en toda la administración.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación
El real decreto regula las Unidades de Igualdad para aplicar la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado, aplicándose a sus organismos públicos.
Artículo 2 — Creación y adscripción
Cada departamento ministerial crea una Unidad de Igualdad adscrita a la Subsecretaría. También pueden crearse en organismos públicos, adscritos según sus Estatutos.
Artículo 3 — Funciones
Las Unidades de Igualdad asesoran y coordinan planes de igualdad, diagnósticos, protocolos contra acoso e informes anuales. Todos los órganos deben apoyarlas.
Artículo 4 — Recursos y dotación de medios personales y materiales
Se dotan medios personales y materiales. Los puestos son para funcionarios de carrera, con un responsable de subgrupo A1 con formación en igualdad.
Artículo 5 — Formación, apoyo y asesoramiento al personal de las Unidades
La Dirección General de la Función Pública, el Instituto de la Mujer y la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género desarrollan formación especializada y prestan apoyo técnico a las Unidades de Igualdad.
Artículo 6 — Coordinación de las Unidades de Igualdad
La Comisión Interministerial de Igualdad, la Secretaría de Estado de Igualdad y la Dirección General de la Función Pública coordinan las Unidades. Cada año, en el primer trimestre, los órganos directivos elaboran un plan de trabajo aprobado por las Subsecretarías.
Disposición adicional única — Dotación de medios personales y materiales
La dotación de personal se realiza redistribuyendo puestos vacantes o modificando la relación de puestos. Los departamentos ministeriales proporcionan los medios materiales con créditos existentes. Se gestiona una aplicación informática en la Secretaría de Estado de Igualdad.
Disposición transitoria única — Funcionamiento de las Unidades de Igualdad actualmente existentes
Las Unidades de Igualdad existentes continúan sus funciones hasta adaptarse al real decreto. Las adaptaciones se efectúan en un plazo máximo de seis meses desde su publicación, promovidas por las Subsecretarías afectadas.
Disposición final única — Entrada en vigor
El real decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», derogando el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril de 2007.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo BOE-A-2007-6115
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 118, de 17 de mayo de 2019 BOE-A-2019-7348
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.