Orden TEC/406/2019, de 5 de abril, por la que se establecen orientaciones de política energética a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
También conocida como: O 406/2019, O 406/19Esta norma marca las directrices para que el organismo regulador vigile el mercado de la luz y el gas, buscando precios justos y mejor servicio.
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Primero. Objeto
La Orden establece orientaciones de política energética que la CNMC debe considerar para aprobar circulares normativas, conforme al Real Decreto-Ley 1/2019 y al plan normativo aprobado por su Consejo el 13 de febrero de 2019.
Segundo. Circular de metodología de retribución del Gestor Técnico del Sistema Gasista
La retribución del Gestor Técnico del Sistema Gasista debe incentivar la optimización de costes, garantizar la seguridad del suministro, la neutralidad, transparencia, objetividad e independencia, asegurando la independencia de la gestión técnica.
Tercero. Circular de metodología de la retribución del Operador del Sistema Eléctrico
La retribución del Operador del Sistema Eléctrico debe incentivar la reducción de costes de ajuste y garantizar la independencia en la dirección de la operación respecto a otras actividades.
Cuarto. Circular de metodología de peajes de transporte y distribución de electricidad
La metodología de peajes eléctricos debe incentivar la electrificación, la movilidad eléctrica y la eficiencia. Debe garantizar ingresos para transporte y distribución, fomentar el uso de infraestructuras y considerar la competitividad industrial.
Quinto. Circular de metodología de peajes de gas natural licuado, transporte y distribución de gas natural
Los peajes deben fomentar el uso de infraestructuras existentes, proteger al consumidor eléctrico, respetar la competitividad industrial y la normativa de ayudas de estado, e incentivar la inyección de biometano y gases renovables.
Sexto. Circular de metodología de retribución del transporte de electricidad
La metodología de retribución del transporte eléctrico debe asegurar sostenibilidad, absorber cambios gradualmente, fomentar renovables, aplicar prudencia financiera e incentivar el uso de instalaciones superadas.
Séptimo. Circular de metodología de retribución de la distribución de electricidad
La metodología de retribución de la distribución eléctrica debe asegurar sostenibilidad, absorber cambios gradualmente, fomentar renovables, aplicar prudencia financiera e incentivar el uso de instalaciones superadas.
Octavo. Circular de metodología de retribución del transporte y regasificación de gas natural
La retribución del transporte y regasificación debe incentivar el uso de instalaciones necesarias superadas su vida útil, desincentivar nuevas inversiones salvo garantía de suministro, dar de baja instalaciones innecesarias y aplicar prudencia financiera.
Noveno. Circular de metodología de retribución de la distribución de gas natural
La retribución de distribución de gas natural debe incentivar el uso de instalaciones superadas su vida útil, evitar su sustitución costosa, garantizar la sostenibilidad económica, aplicar prudencia financiera y promover combustibles menos contaminantes.
Décimo. Circular de normas de balance de gas natural
Las normas de balance de gas natural deben garantizar incentivos para equilibrar el balance diario en el Punto Virtual de Balance. En plantas de GNL y almacenamientos, deben fomentar la liquidez del mercado y prevenir el fraude.
Undécimo. Circular sobre normas de acceso y asignación de capacidad del sistema de gas natural
Las normas de acceso al gas deben garantizar sostenibilidad y seguridad. Deben ofrecer almacenamiento virtual, incentivar gas vehicular/LNG, productos flexibles, inyección de renovables/hidrógeno y crear un punto virtual de negociación.
Duodécimo. Circular sobre funcionamiento del mercado mayorista de electricidad
El mercado mayorista eléctrico debe evolucionar progresivamente hacia objetivos renovables. La seguridad de suministro es prioritaria. Los requisitos técnicos para servicios de ajuste deben basarse en la participación efectiva para evitar costes innecesarios.
Decimotercero. Circular sobre metodología de acceso y conexión a la red de electricidad
El acceso a la red eléctrica debe asegurar certidumbre para inversiones renovables, respetando la Ley 24/2013. Deben existir mecanismos que faciliten la penetración de renovables y la coherencia entre la regulación gubernamental y la de la CNMC.
Decimocuarto. Remisión a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
La Orden debe remitirse a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con al menos un mes de antelación al inicio de la tramitación de las Circulares, conforme al Real Decreto-ley 1/2019.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 1 y la disposición transitoria 1 del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero BOE-A-2019-315
Leyes que la modifican
- y se establece la metodología de retribución de la distribución de gas natural: Circular de 31 de marzo de 2020 BOE-A-2020-4266
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