Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil
También conocida como: O 362/2019, O 362/19Esta norma establece las pruebas físicas y las marcas mínimas que deben superar quienes quieran ingresar o ascender en la Guardia Civil.
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
Esta orden regula pruebas físicas y marcas en la Guardia Civil. Excluye pruebas de aptitud técnica reguladas por el Real Decreto 131/2018.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
La orden aplica a aspirantes, alumnado de formación, personal en procesos de perfeccionamiento/ascenso y personal con pruebas periódicas voluntarias. También a personal no de la Guardia Civil en esas enseñanzas, en lo compatible.
Artículo 3 — Clasificación de las pruebas físicas
Las pruebas se clasifican en: básicas (obligatorias), complementarias (no excluyentes, reflejadas en convocatoria), voluntarias (a elección) y periódicas (convocadas con regularidad).
Artículo 4 — Personal evaluador y constitución de Tribunales
Los evaluadores deben tener títulos específicos de Educación Física o Ciencias del Deporte. Pueden contar con colaboradores. La Jefatura de Enseñanza designa los Tribunales con asesoramiento de la Junta Central de Educación Física y Deportes.
Artículo 5 — Certificado médico
Es preceptivo certificado médico previo, salvo si se superó reconocimiento en la convocatoria o se aporta declaración responsable. El alumnado debe estar apto e informar de limitaciones. El Servicio de Asistencia Sanitaria notifica situaciones de no disponibilidad.
Artículo 6 — Pruebas físicas
Para cabos/guardias: resistencia 2000m, coordinación, potencia brazos y soltura acuática. Para suboficiales/oficiales (promoción): resistencia, coordinación y potencia brazos.
Artículo 7 — Marcas a superar y calificación de las pruebas
Las marcas a superar se determinan en la convocatoria. La calificación de las pruebas es de apto o no apto.
Artículo 8 — Ingreso por acceso directo
Las pruebas y marcas para ingreso directo a oficiales siguen las establecidas para los Cuerpos Generales de las Fuerzas Armadas.
Artículo 9 — Pruebas físicas y marcas
Durante la formación, las marcas varían por sexo y edad. Ejemplo hombres <35: 16 rep. brazos, 14s coordinación, 9'25'' resistencia.
Artículo 10 — Pruebas físicas y marcas
Pruebas para progresar: Potencia tren superior (H:16-13, M:11-7), Coordinación (H:14,0-16,1, M:16,0-19,2) y Resistencia (H:10,23-12,21, M:12,24-15,07). Varían por edad y sexo.
Artículo 11 — Acceso directo sin titulación universitaria previa
Acceso directo sin titulación: Pruebas P1, P3, V1, R1, O1, R4 para cursos 1-5. Cursos 1 y 2 siguen normas de oficiales Ejército de Tierra sin titulación previa.
Artículo 12 — Ingreso por promoción profesional y por acceso directo con titulación
Promoción profesional: P3, C1, R2 según edad/sexo. Acceso directo: P1, P3, V1, R1, R4 según curso.
Artículo 13 — Pruebas físicas y marcas en los procesos selectivos de las actividades formativas de la enseñanza de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales
Perfeccionamiento: marcas en convocatoria. Específicas máx. 45% pruebas, 35% nota. Anuncio 2 meses antes.
Artículo 14 — Pruebas físicas y marcas para el acceso a los cursos de capacitación
Capacitación: P3, V2, R2 según edad/sexo para ascenso a Comandante y Cabo.
Artículo 15 — Pruebas físicas y marcas
3 pruebas: R2 fija; V2 o C1; P1 o P3. Marcas mínimas según edad y sexo.
Artículo 16 — Puntuación final y efectos
Mínimo 5 por prueba. Media de calificaciones. Validez 2 años. Resultados idénticos válidos.
Artículo 17 — Periodo de validez de los resultados de las pruebas
Los resultados valen hasta el 31 de diciembre del segundo año posterior. Se prorrogan al cuarto año por embarazo/parto o lesión en servicio. Si no hay fecha alternativa por conciliación, valen hasta el 31 de diciembre del año de la convocatoria.
Artículo 18 — Pruebas físicas realizadas durante el período de formación
Las marcas de formación valen hasta el 31 de diciembre del segundo año posterior, si son las del artículo 15. Si no coinciden, hay convocatorias específicas.
Disposición transitoria primera — Procesos selectivos y actividades formativas iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden
Los procesos selectivos o formativos iniciados antes de la entrada en vigor de esta orden se rigen por la normativa vigente al ser convocados hasta su finalización.
Disposición transitoria segunda — Procesos selectivos para la incorporación a la escala de cabos y guardias de la Guardia Civil a realizar en 2019
Los procesos de selección para cabos y guardias convocados en 2019 se rigen por la normativa anterior a esta orden, no por lo dispuesto en ella.
Disposición transitoria tercera — Pruebas físicas durante el curso académico 2022-23
Las marcas de pruebas físicas del curso 2022-23 tienen validez para el capítulo V, siempre que sean las mismas pruebas, hasta implantar el sistema periódico.
Disposición transitoria cuarta — Vigencia de los resultados obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2030
Los resultados de pruebas físicas obtenidos hasta el 31/12/2030 son válidos hasta el 31/12 del 3º año posterior a su publicación (art. 17.1) o 5º año (art. 17.2).
Disposición final primera — Facultad de desarrollo
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil a dictar disposiciones para el desarrollo y ejecución de esta orden.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, sobre pruebas físicas en la Guardia Civil, entra en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el art. 5 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre BOE-A-2014-12408
- los arts. 8, 34 y 56 del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo BOE-A-2018-3764
Leyes que la modifican
- los arts. 2, 3, 5, 6, 10, 12, 14, y SE AÑADE el capítulo V y las disposiciones transitorias 3 y 4, por Orden PCM/1071/2023, de 26 de septiembre BOE-A-2023-20178
- los arts. 6, 8 , 9, 10 y 12, por Orden PCM/286/2023, de 23 de marzo BOE-A-2023-7660
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