Ley 4/2019, de 18 de febrero, de mejora de la eficiencia energética y las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos extremeños
También conocida como: L 4/2019, L 4/19Esta ley busca mejorar la calefacción, la ventilación y el ahorro de energía en los colegios e institutos de Extremadura para que sean más cómodos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Finalidad
La ley asegura confort higrotérmico y calidad del aire en centros educativos públicos extremeños mediante técnicas bioclimáticas y renovables, reduciendo la huella de carbono y respetando el patrimonio histórico.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
La ley aplica a centros públicos de la Junta, convenios locales, y servicios educativos de otras administraciones en Extremadura (nuevos y existentes). La construcción nueva debe cumplir la normativa de eficiencia energética vigente.
Artículo 3 — Auditoría energética de los centros educativos extremeños
La Junta de Extremadura realizará una auditoría energética de los centros educativos públicos en 18 meses desde la guía técnica, para obtener certificados de eficiencia y corregir ineficiencias.
Artículo 4 — Planes de mejora de la eficiencia energética
La Junta de Extremadura elabora, en 12 meses, un plan de mejora energética para cada centro público, basado en la certificación del art. 3. El plan incluye actuaciones hasta la máxima eficiencia, con estimación económica y recuperación de inversión.
Artículo 5 — Programación plurianual de inversiones en centros educativos públicos
La Junta de Extremadura considera los planes de mejora energética (art. 4) para sus planes plurianuales de inversiones. Los criterios de temporalización deben constar en la Memoria de cada programa anual de inversiones para adecuación y rehabilitación.
Artículo 6 — Guía técnica para la mejora de la eficiencia energética, la adecuación y la rehabilitación ambiental bioclimática y el uso de energías renovables de los centros educativos públicos extremeños
La Consejería de Educación y la Agencia Extremeña de la Energía publican en 2019 una guía técnica preceptiva para nuevos edificios educativos (no universitarios), respetando CTE y RITE. Prioriza envolvente térmica, sistemas y renovables. Se publica en portales públicos y se remite a Delegaciones yAy
Artículo 7 — Actuaciones edificatorias
Las actuaciones edificatorias buscan mejorar eficiencia y condiciones térmicas/ambientales, referenciando legislación laboral. Se usan técnicas, materiales e instalaciones de alto rendimiento, mejora de envolvente, renovables in situ y equipos eficientes para alcanzar consumo casi nulo.
Artículo 8 — Actuaciones exteriores y en el entorno de los centros educativos
El plan de mejora debe incluir propuestas para adecuar patios. Puede contemplar actuaciones en superficie perimetral con vegetación hipoalergénica, que el municipio considera para sus inversiones y desarrollo territorial.
Artículo 9 — Participación de la comunidad educativa en la gestión sostenible de los centros educativos extremeños
La comunidad educativa puede proponer mejoras en la eficiencia energética antes de elaborar el plan, usando los recursos de información de la Consejería y lo establecido en el artículo 10 sobre transparencia.
Artículo 10 — Transparencia, información pública y publicidad activa
La documentación de los instrumentos y actuaciones se publica en el portal de transparencia de la Junta de Extremadura. La Consejería de Educación informa a la comunidad educativa, sindicatos y ciudadanía.
Disposición adicional — Habilitación a la Junta de Extremadura para el desarrollo reglamentario
Se habilita a la Junta de Extremadura para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta ley, en el ámbito de sus competencias.
Disposición final — Entrada en vigor
La Ley 4/2019, de 18 de febrero, de mejora de la eficiencia energética y las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos extremeños, entra en vigor a partir del 1 de enero de 2019.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOE núm. 36, de 21 de febrero de 2019.
Leyes en las que se basa
- el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero BOE-A-2011-1638
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