Resolución de 15 de febrero de 2019, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros de la Carrera Fiscal
Esta norma regula cómo se paga el sueldo a los fiscales cuando están de baja por enfermedad o accidente común.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Primero. Ámbito de aplicación
La Resolución se aplica a miembros del Ministerio Fiscal en incapacidad temporal por contingencias comunes para alcanzar el 100% de retribuciones. No aplica si la incapacidad deriva de contingencias profesionales.
Segundo. Supuesto excepcional debidamente justificado
Se consideran excepcionales las incapacidades temporales comunes. El Ministerio de Justicia complementa las retribuciones al 100% a partir del día 181 para miembros de la Mutualidad General Judicial.
Tercero. Abogados fiscales sustitutos
Para el personal del Régimen General de la Seguridad Social, el complemento retributivo más la prestación de la Seguridad Social alcanzarán el 100% de las retribuciones ordinarias desde el primer día de incapacidad.
Cuarto. Derogación
Se deroga la Resolución de 25 de junio de 2013, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre prestación económica en la situación de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros de la Carrera Fiscal.
Quinto. Entrada en vigor
La Resolución de 15 de febrero de 2019 sobre retribuciones en incapacidad temporal por contingencias comunes de la Carrera Fiscal se aplica a las situaciones producidas a partir del 31 de julio de 2018.
Información general
Temas
Notas oficiales
Aplicable desde el 31 de julio de 2018, para las situaciones indicadas.
Leyes en las que se basa
- la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio BOE-A-1985-12666
- la Resolución de 25 de junio de 2013 BOE-A-2013-7017
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.