Real Decreto-ley 13/2019, de 11 de octubre, por el que se regula la actualización extraordinaria de las entregas a cuenta para el año 2019 de las comunidades autónomas de régimen común y de las entidades locales, en situación de prórroga presupuestaria, y se establecen determinadas reglas relativas a la liquidación definitiva de la participación de las entidades locales en los tributos del Estado, correspondiente al año 2017
También conocida como: RDL 13/2019, RDL 13/19Esta norma regula el envío extraordinario de fondos del Estado a las comunidades autónomas y ayuntamientos para asegurar sus servicios públicos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Actualización de entregas a cuenta de comunidades autónomas
Durante 2019, las entregas a cuenta de las comunidades autónomas en prórroga presupuestaria se actualizan conforme a las reglas de los artículos siguientes.
Artículo 2 — Ingresos tributarios previos a la cesión
Las previsiones de ingresos tributarios previos a la cesión se basan en el Proyecto de PGE 2019 aprobado el 11 de enero de 2019, eliminando el efecto financiero de los artículos 59, 60, 61, 62, 70, 71, 73 y 74.
Artículo 3 — Otros parámetros, variables o datos de referencia
Los restantes parámetros y datos de referencia para la financiación autonómica se toman según su situación a 1 de enero de 2019.
Artículo 4 — Libramientos
Lo dispuesto en los artículos 2 y 3 se aplica a los libramientos que la Administración General del Estado realice a las comunidades autónomas en los meses posteriores a la entrada en vigor del real decreto-ley.
Artículo 5 — Liquidación definitiva de la participación de las entidades locales en los tributos del Estado correspondiente al año 2017: Régimen jurídico y saldos deudores
La liquidación 2017 se calcula según la Ley Reguladora de Haciendas Locales y la Ley de Presupuestos 2017. Los saldos deudores se compensan con entregas a cuenta futuras: en 3 años (25% mensual) para financiación no cedida, o con saldos acreedores 2018 para la cedida. Las retenciones son preferentes
Artículo 6 — Liquidación definitiva de la participación en los tributos del Estado correspondiente al año 2017: Criterios para el cálculo del índice de evolución de los ingresos tributarios del Estado
El índice de evolución de ingresos tributarios (2004-2017) se determina según la Ley 22/2009. Los ingresos 2017 excluyen IRRPF, IVA e Impuestos Especiales cedidos. Para 2004 o 2006 se usa la disposición transitoria cuarta de dicha ley, considerando el año base correspondiente
Artículo 7 — Actualización extraordinaria de las entregas a cuenta de la participación de las entidades locales en los tributos del Estado correspondiente al año 2019
Se actualizan entregas a cuenta 2019 para entidades locales. Se usan datos 2016 e índices 2019. Para municipios turísticos, se ajusta por hidrocarburos y tabaco. Las certificaciones de esfuerzo fiscal deben enviarse antes del 31 de enero de 2020.
Artículo 8 — Suplementos de crédito para la actualización extraordinaria de las entregas a cuentas de las comunidades autónomas
Se conceden suplementos de crédito para actualizar entregas a cuenta de comunidades autónomas. Importes en concepto 451 (Fondo de Suficiencia Global) y 372.946,50 miles de euros para el Fondo de Garantía.
Artículo 9 — Suplementos de crédito para la actualización extraordinaria de las entregas a cuenta de la participación de las entidades locales en los tributos del Estado correspondiente al año 2019
Se conceden suplementos de crédito para actualizar entregas a cuenta de la participación de entidades locales en tributos del Estado 2019, en el Programa 942M del Servicio 21.
Disposición adicional única — Fondos de Compensación Interterritorial
Se prorroga para 2019 lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 129 de la Ley 6/2018 sobre Fondos de Compensación Interterritorial.
Disposición final única — Entrada en vigor
El Real Decreto-ley 13/2019 entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Ley 22/2009, de 18 de diciembre BOE-A-2009-20375
- para el ejercicio 2019, el art. 129.6 de la Ley 6/2018, de 3 de julio BOE-A-2018-9268
Leyes que la modifican
- por Resolución de 22 de octubre de 2019 BOE-A-2019-15487
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