Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 1/2019, de 14 de junio, para la creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Andalucía

También conocida como: L 1/2019, L 1/19
Ver en BOE
7 de agosto de 2019·27 de junio de 2019·Comunidad Autónoma de Andalucía·BOE-A-2019-11575
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley crea el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Andalucía para organizar y regular esta profesión en la comunidad autónoma.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

12
Artículos
1
Versiones
3
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto. Naturaleza y régimen jurídico

    Se crea el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Andalucía como corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia, regido por normativa estatal y autonómica.

  2. Artículo 2 — Ámbito territorial

    El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Andalucía es la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  3. Artículo 3 — Ámbito personal

    Se integran quienes tengan título oficial Diplomado (RD 1420/1990), Grado (RD 1393/2007, Orden CIN/729/2009) o extranjero homologado. También quienes cumplan normativa UE sobre reconocimiento de cualificaciones.

  4. Artículo 4 — Colegiación

    Quien tenga la titulación y condiciones estatutarias tiene derecho a ser admitido. El ejercicio profesional no requiere colegiación obligatoria, salvo que una ley estatal disponga lo contrario.

  5. Artículo 5 — Relaciones con la Administración autonómica

    El Colegio se relaciona con la Consejería competente en régimen jurídico de Colegios Profesionales para asuntos institucionales y con la Consejería de Salud para contenidos propios de la profesión.

  6. Artículo 6 — Asunción de funciones de Consejo Andaluz de Colegios Profesionales

    El Colegio asume las funciones que la Ley 6/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales, determina para estas corporaciones.

  7. Artículo 7 — Periodo constituyente. Comisión gestora: nombramiento, composición y funciones

    En 2 meses se nombra una comisión gestora de 5 miembros. En 6 meses elabora estatutos provisionales. En 4 meses tras su publicación convoca la asamblea constituyente, publicando la convocatoria en el BOJA y dos periódicos con 2 meses de antelación.

  8. Artículo 8 — La asamblea constituyente

    La asamblea constituyente aprueba estatutos y elige cargos. La corporación adquiere personalidad jurídica al elegir órganos de gobierno.

  9. Artículo 9 — Aprobación de los estatutos definitivos por la Administración

    Los estatutos aprobados se remiten a la Consejería para verificación legal, aprobación definitiva, inscripción y publicación en el BOJA.

  10. Disposición adicional única — Registro de personas colegiadas

    El Colegio crea un registro digital de colegiados, integrado en el Sistema de Información de Profesionales Sanitarios de Andalucía.

  11. Disposición final primera — Desarrollo reglamentario

    El desarrollo reglamentario de esta ley se realiza conforme al Estatuto de Autonomía de Andalucía y la Ley 6/2006 del Gobierno.

  12. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 1/2019, de 14 de junio, para la creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Andalucía, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de agosto de 2019
Departamento
Comunidad Autónoma de Andalucía

Notas oficiales

Publicada en el BOJA núm. 17, de 27 de junio de 2019.

Leyes en las que se basa

colegiarse en andalucíacolegio profesional andalucíaejercer terapia ocupacionalprofesiones sanitariasregulación profesionalterapeuta ocupacional