Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales
También conocida como: L 10/2019, L 10/19Esta ley regula dónde y cómo se pueden instalar grandes centros comerciales en el País Vasco para asegurar un desarrollo equilibrado del territorio.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
La ley regula la implantación y ampliación de grandes comercios en el País Vasco, sujeta a ordenación territorial y urbanística según su impacto.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
Aplica a grandes establecimientos en el País Vasco. Se asimila a gran comercio la presencia conjunta de varios establecimientos no singulares fuera de la trama urbana.
Artículo 3 — Definiciones
Define conceptos: comercio singular (muebles, vehículos, carburante, construcción, jardinería). Gran establecimiento requiere 700-2500 m2 venta según municipio (cat. C-A) y población.
Artículo 4 — Principios generales
Principios: libertad de empresa y establecimiento (limitaciones solo por interés general, proporcionalidad). Desarrollo sostenible, tutela medioambiente y cooperación administrativa.
Artículo 5 — Objetivos de la ley
La ley persigue: ocupación sostenible del suelo; ciudad compacta y cohesión social; regeneración de áreas centrales; dinamización económica; variedad de ofertas; movilidad sostenible; servicios de proximidad; protección del patrimonio; y preservación del paisaje y biodiversidad.
Artículo 6 — Condiciones de implantación de los grandes establecimientos comerciales
La implantación no debe saturar infraestructuras viarias. Los comercios no singulares se ubican en trama residencial. Excepcionalmente, se permite complementar con suelos colindantes (máx. 20% perímetro, 10% superficie) y edificabilidad máx. de 30.000, 15.000 o 2.000 m2t según municipio, con informe
Artículo 7 — Condiciones de ampliación de los grandes establecimientos comerciales
La ampliación requiere justificación de rehabilitación urbana y no incrementar capacidad de infraestructuras. Fuera de trama residencial, el tope es 10% de edificabilidad existente y máximos de 33.000, 16.500 o 2.200 m2t según municipio, con informe favorable de la Comisión de Ordenación del Terr
Artículo 8 — Condiciones complementarias de implantación o ampliación de los grandes establecimientos comerciales
La ordenación puede establecer criterios complementarios por interés general. Se puede desarrollar la categorización, limitar implantaciones por patrimonio o movilidad, exigir dotaciones mínimas e imponer soluciones constructivas para minimizar el impacto ambiental.
Disposición adicional única — Implantación de otros establecimientos comerciales en polígonos de actividad económica con carácter periférico a los núcleos de población
Comercios minoristas en polígonos periféricos, fuera de trama residencial, que superen umbrales de gran establecimiento, deben ser complementarios (máx. 30% edificabilidad), no saturar infraestructuras y respetar límites del doble de superficies máx. en municipios categorías B y C. Deben justific
Disposición transitoria
Esta ley se aplica a instrumentos de ordenación no aprobados provisionalmente o inicialmente a la fecha de entrada en vigor, para implantar o ampliar grandes establecimientos comerciales.
Disposición derogatoria
Se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta ley, especialmente el artículo 13 de la Ley 7/1994 y la disposición final tercera de la Ley 7/2008.
Disposición final primera
Se autoriza al Gobierno Vasco para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales.
Disposición final segunda
Se autoriza al Gobierno Vasco a modificar la relación de municipios por categorías mediante planes territoriales, en consonancia con los principios de esta ley.
Disposición final tercera
La Ley 10/2019, de 27 de junio, de ordenación territorial de grandes establecimientos comerciales, entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOPV núm. 129, de 9 de julio de 2019.
Leyes en las que se basa
- el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre BOE-A-1979-30177
- Ley 17/2009, de 23 de noviembre BOE-A-2009-18731
- la disposición final 3 de la Ley 7/2008, de 25 de junio BOE-A-2011-14351
- el art. 13 de la Ley 7/1994, de 27 de mayo BOE-A-2012-1540
- Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre DOUE-L-2006-82665
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