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En vigorOrden

Orden PCI/759/2019, de 9 de julio, por la que se crea y regula la Comisión Nacional para combatir la manipulación de las competiciones deportivas y el fraude en las apuestas

También conocida como: O 759/2019, O 759/19
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15 de julio de 2019·Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad·BOE-A-2019-10387
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea un organismo oficial para vigilar y evitar que se manipulen los resultados deportivos y se cometan fraudes en las apuestas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Se crea la Comisión Nacional para combatir la manipulación deportiva y fraude en apuestas, adscrita al Ministerio de Hacienda. El término apuestas se refiere solo a deportivas e hípicas.

  2. Artículo 2 — Finalidad

    La Comisión tiene como finalidad prevenir y combatir la manipulación de competiciones deportivas y el fraude en las apuestas mediante actuación coordinada entre todos sus miembros.

  3. Artículo 3 — Composición y funcionamiento

    La Comisión está compuesta por representantes de Juego, Deportes, Policía, Guardia Civil, CSD, federaciones, ligas y sector juego. Funciona mediante Pleno y Comité Permanente.

  4. Artículo 4 — Presidencia

    La Presidencia se renueva anualmente de forma rotatoria entre la Dirección General de Ordenación del Juego y la de Deportes. Sus funciones incluyen representar la Comisión, convocar reuniones, presidirlas y visar actas. En caso de vacante, es sustituido por quien designe.

  5. Artículo 5 — Secretaría

    La Secretaría corresponde a la Subdirección General de Regulación del Juego. Asiste con voz y voto, convoca sesiones, recibe comunicaciones, redacta actas y expide certificaciones. En caso de ausencia, es sustituido por el funcionario que designe.

  6. Artículo 6 — Pleno

    El Pleno se reúne al menos dos veces al año con 7 días de antelación. Requiere quórum de presidencia, secretaría y mitad de miembros. Acuerda por consenso o mayoría. Funciones: diagnosticar, formar, aprobar planes, memoria anual, colaborar y crear grupos de trabajo.

  7. Artículo 7 — Comité Permanente

    El Comité Permanente incluye Presidencia, Secretaría, Inspección del Juego, un representante del CSD y otro de la Policía. Se reúne al menos dos veces al año con 7 días de aviso. Analiza amaños, eleva propuestas al Pleno, vela por acuerdos y cumple cometidos delegados.

  8. Artículo 8 — Reglas generales de funcionamiento

    La Comisión se rige por esta Orden. En lo no regulado, se aplica lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  9. Disposición adicional única — No incremento de gasto público

    El funcionamiento de la Comisión Nacional no incrementa el gasto público y se atiende con los medios de la Dirección General de Ordenación del Juego.

  10. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Orden PCI/759/2019, de 9 de julio, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
15 de julio de 2019
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

Leyes en las que se basa

amaño de partidosapuestas deportivasdenunciar apuestas ilegalesdeporte limpiofraude en apuestasintegridad deportivaprotección del deporte