Orden PCI/759/2019, de 9 de julio, por la que se crea y regula la Comisión Nacional para combatir la manipulación de las competiciones deportivas y el fraude en las apuestas
También conocida como: O 759/2019, O 759/19Esta norma crea un organismo oficial para vigilar y evitar que se manipulen los resultados deportivos y se cometan fraudes en las apuestas.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
Se crea la Comisión Nacional para combatir la manipulación deportiva y fraude en apuestas, adscrita al Ministerio de Hacienda. El término apuestas se refiere solo a deportivas e hípicas.
Artículo 2 — Finalidad
La Comisión tiene como finalidad prevenir y combatir la manipulación de competiciones deportivas y el fraude en las apuestas mediante actuación coordinada entre todos sus miembros.
Artículo 3 — Composición y funcionamiento
La Comisión está compuesta por representantes de Juego, Deportes, Policía, Guardia Civil, CSD, federaciones, ligas y sector juego. Funciona mediante Pleno y Comité Permanente.
Artículo 4 — Presidencia
La Presidencia se renueva anualmente de forma rotatoria entre la Dirección General de Ordenación del Juego y la de Deportes. Sus funciones incluyen representar la Comisión, convocar reuniones, presidirlas y visar actas. En caso de vacante, es sustituido por quien designe.
Artículo 5 — Secretaría
La Secretaría corresponde a la Subdirección General de Regulación del Juego. Asiste con voz y voto, convoca sesiones, recibe comunicaciones, redacta actas y expide certificaciones. En caso de ausencia, es sustituido por el funcionario que designe.
Artículo 6 — Pleno
El Pleno se reúne al menos dos veces al año con 7 días de antelación. Requiere quórum de presidencia, secretaría y mitad de miembros. Acuerda por consenso o mayoría. Funciones: diagnosticar, formar, aprobar planes, memoria anual, colaborar y crear grupos de trabajo.
Artículo 7 — Comité Permanente
El Comité Permanente incluye Presidencia, Secretaría, Inspección del Juego, un representante del CSD y otro de la Policía. Se reúne al menos dos veces al año con 7 días de aviso. Analiza amaños, eleva propuestas al Pleno, vela por acuerdos y cumple cometidos delegados.
Artículo 8 — Reglas generales de funcionamiento
La Comisión se rige por esta Orden. En lo no regulado, se aplica lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Disposición adicional única — No incremento de gasto público
El funcionamiento de la Comisión Nacional no incrementa el gasto público y se atiende con los medios de la Dirección General de Ordenación del Juego.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden PCI/759/2019, de 9 de julio, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Ley 13/2011, de 27 de mayo BOE-A-2011-9280
- la Ley 40/2015, de 1 de octubre BOE-A-2015-10566
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