Orden ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018
También conocida como: O 65/2018, O 65/18Esta norma explica cómo se organizan y realizan los exámenes finales de la ESO para los alumnos que terminan sus estudios de secundaria.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 19 de marzo de 2020Reforma BOE-A-2020-3864Ver qué cambió →
- 28 de febrero de 2019Reforma BOE-A-2019-2782Ver qué cambió →
- 30 de enero de 2018Reforma BOE-A-2018-1484Ver qué cambió →
- 30 de enero de 2018Versión original BOE-A-2018-1196
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
La orden regula las pruebas de evaluación final de ESO para el curso 2017/18 en todos los centros del Sistema Educativo Español, conforme al Real Decreto-ley 5/2016.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación y finalidad de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria
La evaluación final de ESO es muestral, diagnóstica y sin efectos académicos. Se aplica a alumnos de 4º de ESO. La selección busca datos representativos, aunque puede ser censal.
Artículo 3 — Competencias objeto de evaluación
Se evalúan competencias matemática, lingüística y social y cívica. La lingüística se basa en Lengua y Literatura; la matemática en Matemáticas; y la social en Geografía e Historia.
Artículo 4 — Diseño de las pruebas
Las pruebas incluyen matriz de especificaciones relacionada con competencias matemática, lingüística y social. Se establecen longitud, tiempo y tipología de preguntas. Hay una prueba por materia de referencia principal.
Artículo 5 — Matrices de especificaciones
Las matrices concretan estándares del Real Decreto 1105/2014, indicando pesos por bloques y procesos cognitivos. Las Administraciones pueden asignar pesos a procesos. Las matrices principales están en el anexo I. Para lenguas cooficiales, se elabora matriz propia.
Artículo 6 — Longitud de las pruebas
Cada prueba tiene preguntas suficientes para seis niveles de desarrollo. Duración: 60 minutos, con descanso mínimo de 15 minutos entre pruebas. Máximo 4 días por centro (5 si hay lengua cooficial).
Artículo 7 — Pruebas y tipología de preguntas
Las pruebas se contextualizan en entornos próximos. Deben contener preguntas abiertas y semiabiertas (mínimo 20%). Se definen tres categorías: opción múltiple, semiabiertas y abiertas, según el grado de construcción requerida.
Artículo 8 — Contenido de las pruebas
Al menos el 80% de estándares debe ser de la matriz del anexo I; el 20% restante del Real Decreto 1105/2014. Se usa al menos un estándar por bloque de contenido y por proceso cognitivo definido en el anexo I.
Artículo 9 — Fechas de realización
Las pruebas de evaluación final de ESO se realizan preferentemente en el último trimestre del curso 2017/2018.
Artículo 10 — Cuestionarios de contexto
Los cuestionarios de contexto son anónimos y confidenciales. Si las administraciones los diseñan, se aplican bajo principios universales. Para alumnos, se habilita horario lectivo.
Artículo 11 — Resultados
Las administraciones elaboran un informe con resultados en seis niveles de desarrollo competencial. La competencia lingüística puede expresarse integrada o por cada lengua.
Disposición adicional única — Adaptación de las normas recogidas en esta orden a las necesidades y situación de los centros situados en el exterior del territorio nacional y de la educación a distancia
La Secretaría de Estado de Educación puede adaptar esta orden para centros en el exterior y educación a distancia.
Disposición final primera — Aplicación
La Secretaría de Estado de Educación puede dictar instrucciones para aplicar esta orden.
Disposición final segunda — Título competencial
Esta orden se basa en el artículo 149.1.30ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre normas básicas educativas.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La Orden ECD/65/2018, de 29 de enero, que regula las pruebas de la evaluación final de ESO para el curso 2017/2018, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el art. 6 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo BOE-A-2006-7899
- el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre BOE-A-2016-11733
Leyes que la modifican
- por Orden ECD/93/2018, de 1 de febrero BOE-A-2018-1484
- el art. 10.d), por Orden EFP/196/2019, de 26 de febrero BOE-A-2019-2782
- los arts. 4.1, 10, 11 y los títulos de los anexos II y III, por Orden EFP/255/2020, de 11 de marzo BOE-A-2020-3864
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