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En vigorOrden

Orden ECD/393/2017, de 4 de mayo, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2016/2017

También conocida como: O 393/2017, O 393/17
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6 de mayo de 2017·Ministerio de Educación, Cultura y Deporte·BOE-A-2017-4924
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo se realizan los exámenes finales de la ESO para obtener el título de graduado en el curso 2016-2017.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

16
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (16 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    La orden regula las pruebas de evaluación final de ESO para el curso 2016/17 en todos los centros del Sistema Educativo Español, conforme al Real Decreto-ley 5/2016.

  2. Artículo 2 — Ámbito de aplicación y finalidad de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria

    La evaluación final de ESO es muestral y diagnóstica para alumnos de 4º de ESO. La selección debe ser representativa, aunque las Administraciones pueden elevar el número de centros o hacerla censal.

  3. Artículo 3 — Competencias objeto de evaluación

    Se evalúan competencias matemática, lingüística y social/cívica. La lingüística se refiere a Lengua, Primera Lengua Extranjera y Cooficial; la matemática a Matemáticas Académicas y Aplicadas; y la social a Geografía e Historia.

  4. Artículo 4 — Diseño de las pruebas

    El diseño de las pruebas incluye la matriz de especificaciones, longitud, tiempo, tipología de preguntas y cuestionarios de contexto. Se realiza una prueba por cada materia que constituye la referencia principal de las competencias evaluadas.

  5. Artículo 5 — Matrices de especificaciones

    Las matrices de especificaciones concretan estándares de aprendizaje, peso de bloques y procesos cognitivos, según el Real Decreto 1105/2014. Las Administraciones pueden asignar peso a procesos cognitivos. Para materias con lengua cooficial, se elabora una matriz específica para Lengua Cooficial y.

  6. Artículo 6 — Longitud de las pruebas

    Cada prueba tiene preguntas suficientes para describir seis niveles competenciales y dura 60 minutos, con descanso mínimo de 15 minutos entre pruebas consecutivas. La evaluación dura máximo 4 días (5 días si hay lengua cooficial).

  7. Artículo 7 — Pruebas y tipología de preguntas

    Las pruebas se contextualizan en entornos próximos. Deben contener preguntas abiertas y semiabiertas (mínimo 20 %), requiriendo pensamiento crítico. También se permiten preguntas de opción múltiple. Se definen tres categorías: opción múltiple, semiabiertas y abiertas.

  8. Artículo 8 — Contenido de las pruebas

    Al menos el 80 % de los estándares debe seleccionarse de la matriz de especificaciones (anexo II). El 20 % restante puede incluir estándares del anexo I del Real Decreto 1105/2014. Se usará al menos un estándar por bloque de contenido y por proceso cognitivo.

  9. Artículo 9 — Fechas de realización

    Las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria se realizarán en los meses de mayo o junio de 2017.

  10. Artículo 10 — Desarrollo y aplicación de la evaluación

    Se aplica simultáneamente el cuestionario de contexto del anexo III. Las Administraciones pueden añadir cuestionarios a otros colectivos, incluir preguntas (sin nuevas opciones de respuesta), elegir formato (papel/digital), definir lugar/momento y maquetar/alterar orden.

  11. Artículo 11 — Resultados

    Las Administraciones elaboran informes con resultados en 6 niveles, conocidos por la comunidad educativa mediante resumen del anexo IV. Pueden elaborar informes por centro si la muestra lo permite.

  12. Disposición adicional primera — Adaptación de las normas recogidas en esta orden a las necesidades y situación de los centros situados en el exterior del territorio nacional y de la educación a distancia

    La Secretaría de Estado de Educación puede adaptar las normas de esta orden a centros en el exterior y educación a distancia.

  13. Disposición adicional segunda — Resultados de las pruebas de evaluación final de Educación Primaria

    Las Administraciones educativas informan resultados de Primaria en 6 niveles y resumen indicadores socioeconómicos. Pueden informar por centro si la muestra lo permite.

  14. Disposición final primera — Aplicación

    La Secretaría de Estado de Educación puede dictar instrucciones para aplicar esta orden.

  15. Disposición final segunda — Título competencial

    Esta orden se basa en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre normas básicas educativas.

  16. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Orden ECD/393/2017, de 4 de mayo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
6 de mayo de 2017
Departamento
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Leyes en las que se basa

evaluación secundariaexamen final ESOexámenes oficiales educacióngraduado escolarpruebas finales cursorequisitos para graduarsetítulo de la ESO