Ley 9/2018, de 28 de junio, de modificación de la ley 8/2013, de 12 de septiembre, de coordinación de policías locales de Aragón
También conocida como: L 9/2018, L 9/18Esta ley actualiza las normas sobre cómo se organizan, seleccionan y promocionan los agentes de la policía local en los municipios de Aragón.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (2 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo único — Modificación de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón
Se modifica el acceso a la categoría de Policía por oposición libre y/o movilidad. Los trienios perfeccionados se valoran según el grupo de clasificación. Los miembros de la Escala Técnica se integran en el Grupo A, Subgrupo A2, requiriendo titulación; sin ella, solo a efectos retributivos en situac
Disposición final única — Entrada en vigor
La Ley 9/2018, de 28 de junio, de modificación de la ley 8/2013, de coordinación de policías locales de Aragón, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el BOA núm. 132, de 10 de julio de 2018.
Leyes en las que se basa
- el art. 45 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril BOE-A-2007-8444
- el art. 25.1, la disposición transitoria 2.4, 3.3 y 4 de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre BOE-A-2013-11337
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