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En vigorOrden

Orden APM/844/2017, de 28 de agosto, por la que se establece la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso, y se definen su delimitación, zonas y usos

También conocida como: O 844/2017, O 844/17
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8 de septiembre de 2017·Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente·BOE-A-2017-10338
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula la reserva marina de Cabo Tiñoso en Murcia, estableciendo qué actividades de pesca y buceo están permitidas para proteger el mar.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

12
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La orden regula la reserva marina de Cabo Tiñoso, entre las líneas de base y la isóbata de 50 metros, estableciendo usos permitidos.

  2. Artículo 2 — Zona especial

    Toda la zona de la reserva marina de Cabo Tiñoso, delimitada según el artículo 1 y el anexo de la Orden APM/844/2017, queda establecida como reserva integral.

  3. Artículo 3 — Usos

    Solo se permiten actividades científicas autorizadas. Se solicitan con 15 días de antelación a la Dirección General. Resolución en 1 mes. Si no hay respuesta, se desestiman. Se requiere documentación técnica.

  4. Artículo 4 — Fondeo

    Queda prohibido fondear en la reserva para preservar fondos, salvo emergencias de seguridad humana, nacional o orden público.

  5. Artículo 5 — Navegación

    La navegación es libre bajo responsabilidad del mando. Los buques en tránsito navegan entre 6 y 10 nudos, lejos de la costa. Excepciones: emergencias, vigilancia, defensa u orden público.

  6. Artículo 6 — Control de actividades

    Los agentes controlan identidad, capturas y documentación. Levantan acta ante irregularidades y pueden suspender actividades. Usan fotos o vídeos como prueba o seguimiento.

  7. Artículo 7 — Seguimiento

    La Secretaría General de Pesca realiza reuniones técnicas periódicas con administraciones y sectores implicados para seguir el funcionamiento y fomentar la participación en la reserva.

  8. Artículo 8 — Régimen sancionador

    El incumplimiento de esta orden se sanciona conforme al título V sobre régimen de infracciones y sanciones de la Ley 3/2001, de 26 de marzo.

  9. Disposición final primera — Modificación de la Orden APM/660/2017, de 30 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas, y se define su delimitación y usos permitidos

    Se añade un artículo 16 a la Orden APM/660/2017 (Cabo de Palos-Islas Hormigas) permitiendo reuniones técnicas periódicas de seguimiento con actores implicados.

  10. Disposición final segunda — Título competencial

    La orden se basa en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en pesca marítima en aguas exteriores.

  11. Disposición final tercera — Desarrollo y aplicación

    Se faculta al Secretario General de Pesca para adoptar las medidas y dictar resoluciones precisas para el cumplimiento y aplicación de la orden.

  12. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Orden APM/844/2017, de 28 de agosto, sobre la reserva marina de interés pesquero de Cabo Tiñoso, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
8 de septiembre de 2017
Departamento
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

Leyes en las que se basa

actividades marítimas permitidasbuceo en reservas marinaspermisos para navegar en Cabo Tiñosopesca recreativa Murciaprotección del medio marinoreserva marina Cabo Tiñosozonas de pesca restringida