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En vigorInstrucción

Resolución de 16 de marzo de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, sobre el efecto directo de las nuevas Directivas comunitarias en materia de contratación pública

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17 de marzo de 2016·Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas·BOE-A-2016-2700
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo aplicar las nuevas reglas europeas en los contratos y licitaciones que realizan las administraciones públicas españolas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. 1. Antecedentes y objeto

    La recomendación guía a los órganos de contratación sobre el efecto directo de las Directivas 2014/23, 24 y 25/UE desde el 18 de abril de 2016, al no completarse la transposición en España. Aborda aspectos esenciales como publicidad y plazos.

  2. 2. El efecto directo en las directivas comunitarias

    Las directivas no transpuestas tienen efecto directo si son claras, precisas e incondicionales. Solo aplica verticalmente (Estado-particulares). Desde el 18 de abril de 2016, el derecho nacional debe interpretarse conforme a las directivas.

  3. 3. Recomendaciones

    Desde el 18 de abril, los contratos públicos armonizados siguen nuevas normas: obras (5.225.000€), servicios (750.000€ o 209.000€), suministros (135.000€ o 209.000€). Concesiones exigen riesgo operacional. Publicación obligatoria en DOUE en 5 días; formalización en 30 (servicios) o 48 (concesiones).

  4. 4. Efectos de esta Recomendación

    La Recomendación es aplicable desde el 18 de abril de 2016. Se considera la disposición transitoria primera del Real Decreto Legislativo 3/2011. Queda sin efecto al transponer las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de marzo de 2016
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Notas oficiales

Aplicable desde el 18 de abril de 2016.

Leyes en las que se basa

  • el art. 2.4 del Real Decreto 30/1991, de 18 de enero BOE-A-1991-1735
  • la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre BOE-A-2011-17887
  • Directiva 2014/23/UE, de 26 de febrero DOUE-L-2014-80597
  • Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero DOUE-L-2014-80598
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