Saltar al contenido
← Volver
En vigorReal Decreto

Real Decreto 600/2016, de 2 de diciembre, por el que se aprueban las normas generales de calidad para las caseínas y caseinatos alimentarios

También conocida como: RD 600/2016, RD 600/16
Ver en BOE
3 de diciembre de 2016·Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales·BOE-A-2016-11480
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece los requisitos de calidad y etiquetado que deben cumplir las proteínas de la leche (caseínas) usadas en la industria alimentaria.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

9
Artículos
1
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    Esta norma regula las características, el etiquetado y los requisitos específicos que deben cumplir las caseínas y caseinatos alimentarios destinados al consumo humano, y sus mezclas, para su comercialización y utilización.

  2. Artículo 2 — Definiciones

    Se definen: caseína ácida (precipitada por ácidos), caseína de cuajo (enzimas coagulantes) y caseinato (caseína con neutralizantes y secado).

  3. Artículo 3 — Comercialización

    La comercialización exige cumplir normas y anexos I y II. Para alimentos, solo se usan los que cumplen anexo I y II. Los de otros usos deben etiquetarse sin inducir a error.

  4. Artículo 4 — Etiquetado

    El etiquetado debe incluir: denominación (con catión en caseinatos), mezcla (orden ponderal, proteínas), cantidad neta, operador/importador, origen (importados) y lote/fecha. Algunos datos van en documento de acompañamiento. Idioma: español.

  5. Disposición transitoria única — Prórroga de comercialización de productos

    Los productos etiquetados según la Orden de 28 de marzo de 1988 antes del 22 de diciembre de 2016 pueden comercializarse hasta agotar existencias.

  6. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga la Orden de 28 de marzo de 1988 sobre normas de calidad para caseínas y caseinatos alimenticios.

  7. Disposición final primera — Título competencial

    El Estado tiene competencia exclusiva en bases de planificación económica y sanidad, conforme a los artículos 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución.

  8. Disposición final segunda — Incorporación de derecho de la Unión Europea

    El real decreto incorpora íntegramente la Directiva (UE) 2015/2203 sobre caseínas y caseinatos, derogando la Directiva 83/417/CEE.

  9. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 600/2016, de 2 de diciembre, sobre normas de calidad para caseínas y caseinatos alimentarios, entra en vigor el 22 de diciembre de 2016.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
3 de diciembre de 2016
Departamento
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Leyes en las que se basa

  • la Orden de 28 de marzo de 1988 BOE-A-1988-8753
  • la disposición final 4 de la Ley 28/2015, de 30 de julio BOE-A-2015-8563
  • la Directiva (UE) 2015/2203, de 25 de noviembre DOUE-L-2015-82401
aditivos alimentarioscalidad de productos lácteosetiquetado de alimentosinformación al consumidornormas de fabricaciónproteínas de la lecheseguridad alimentaria