Ley 9/2016, de 28 de octubre, de Regulación de los Procedimientos de Emergencia Ciudadana en la Administración de la Comunitat Valenciana
También conocida como: L 9/2016, L 9/16Esta ley facilita que los ciudadanos en situación de emergencia puedan recibir ayudas urgentes de la Generalitat Valenciana de forma más rápida.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
4 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 2 de julio de 2026
La ley valenciana de emergencias ciudadanas modifica su anexo
La Ley 9/2016, que regula procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración valenciana, modifica su anexo. El cambio se aprueba dentro de una ley ómnibus, pero el texto del anexo no muestra qué contenido varía.
Reforma BOE-A-2026-15683Ver qué cambió → - 29 de diciembre de 2025
Las licencias de nuevas viviendas entran en los procedimientos de emergencia
La ley valenciana incorpora la tramitación de licencias para construir viviendas nuevas a los procedimientos de emergencia. Los plazos de urgencia solo se aplicarán cuando el plazo ordinario de tramitación sea de seis meses o más.
Reforma BOE-A-2025-90320Ver qué cambió → - 30 de diciembre de 2023Reforma BOE-A-2024-2666Ver qué cambió →
- 31 de diciembre de 2020Reforma BOE-A-2021-1859Ver qué cambió →
- 7 de noviembre de 2016Versión original BOE-A-2016-11022
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (13 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
La ley define procedimientos de emergencia para atender necesidades básicas de menores, mayores y excluidos, dotando recursos humanos, económicos y agilizando trámites.
Artículo 2 — Definición de procedimiento de emergencia ciudadana
Son procedimientos de emergencia los del anexo o por ley, gestionados por la Generalitat y administraciones locales colaboradoras para una vida digna.
Artículo 3 — Tramitación de urgencia del procedimiento
Los plazos se reducen a la mitad (salvo solicitudes/recursos). Si reconocen derecho subjetivo, se estiman por silencio administrativo. Los titulares velan por la urgencia.
Artículo 4 — Provisión de medios materiales, humanos y económicos
La Generalitat y diputaciones financian a municipios colaboradores. La provisión de personal para unidades de emergencia es preferente para cubrir vacantes.
Artículo 5 — Limitación de modificaciones presupuestarias
No se pueden reducir créditos para emergencias. Sí se permiten transferencias entre partidas con la misma finalidad, con informe específico. Se excluyen gastos educativos, sanitarios y otros declarados por decreto del Consell.
Artículo 6 — Priorización
La autorización de créditos en procedimientos declarados de emergencia tiene carácter prioritario y los plazos se reducen a la mitad.
Artículo 7
Los formularios de solicitudes y resoluciones en procedimientos de emergencia deben usar lenguaje claro y entendible. Se reduce al máximo la documentación exigida a los solicitantes.
Disposición adicional primera — De las plantillas presupuestarias y de recursos humanos
El Consell planificará los recursos humanos en los departamentos que gestionen emergencias en un plazo máximo de seis meses desde la aprobación de la ley, previo estudio de necesidades.
Disposición adicional segunda — Información a las Corts Valencianes
El Consell remite anualmente a Les Corts un informe sobre la tramitación de emergencias, incluyendo gasto, pagos, número de expedientes, tiempos de resolución y de pago.
Disposición adicional tercera — Calificación de otros procedimientos
La ley de presupuestos puede calificar otros procedimientos de emergencia, incluidos en el anexo. La conselleria competente remite la propuesta a la de hacienda con el anteproyecto de estado de gastos.
Disposición final primera — Habilitación al Consell
El Consell tiene un plazo máximo de tres meses para aprobar las normas reglamentarias y adoptar los acuerdos necesarios para ejecutar la ley.
Disposición final segunda — Habilitación a consellerias
La conselleria de hacienda habilita créditos sin incrementarlos. La de administración pública asigna personal sin variar gastos. Ambas actúan dentro de las disponibilidades presupuestarias vigentes.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La Ley 9/2016, de 28 de octubre, de Regulación de los Procedimientos de Emergencia Ciudadana en la Administración de la Comunitat Valenciana, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOCV núm. 7911, de 7 de noviembre de 2016.
Leyes en las que se basa
- el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio BOE-A-1982-17235
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 297, de 9 de diciembre de 2016 BOE-A-2016-11709
- el art. 3 y el anexo, por Ley 3/2020, de 30 de diciembre BOE-A-2021-1859
- el art. 3 y el anexo, por Ley 7/2023, de 26 de diciembre BOE-A-2024-2666
- el anexo, por Ley 3/2026, de 29 de junio BOE-A-2026-15683
- en DOGV núm. 7921, de 21 de noviembre de 2016 DOGV-r-2016-90496
- el anexo, por Decreto-ley 14/2025, de 26 de diciembre DOGV-r-2025-90320
- el anexo, por Ley 3/2026, de 29 de junio DOGV-r-2026-90169
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.