Orden SSI/1870/2015, de 10 de septiembre, por la que se crea y regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
También conocida como: O 1870/2015, O 1870/15Esta norma regula el grupo de trabajo encargado de mejorar y digitalizar los servicios y trámites online del Ministerio de Sanidad.
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- 17 de septiembre de 2015Versión original BOE-A-2015-9975
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto, adscripción y ámbito de actuación
Se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital, adscrita a la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad, para coordinar la administración digital en el Departamento y sus organismos.
Artículo 2 — Composición y funcionamiento
La Comisión actúa en Pleno y Permanente. Válidas con Presidencia, Secretaría y mitad de miembros (1ª conv.) o 3 vocales (2ª). La Presidencia la sustituye la Vicepresidencia o el miembro de mayor jerarquía. El Pleno se reúne anual; la Permanente, trimestral.
Artículo 3 — Pleno
El Pleno lo preside la Subsecretaría y vicepreside la SGTI. Incluye vocales (Director General o superior) de la Dirección del Gabinete y representantes de Secretarías de Estado y organismos. La Secretaría la designa la SGTI con voz pero sin voto.
Artículo 4 — Comisión Permanente
La Comisión Permanente la preside la SGTI. Incluye un vocal de cada unidad TIC y un secretario de la SGTI (voz sin voto). Pueden asistir expertos públicos con voz sin voto. Las reuniones son presenciales o electrónicas. Se designan suplentes.
Artículo 5 — Funciones del Pleno y de la Comisión Permanente
El Pleno coordina con la DTIC, aprueba el Plan de acción digital bienal, impulsa la digitalización de servicios y colabora en recursos compartidos. La Comisión Permanente analiza necesidades TIC, informa contrataciones, elabora el Plan, presenta informes anuales y mantiene el inventario de recursos.
Artículo 6 — Petición de información
La Comisión Ministerial de Administración Digital puede solicitar información a todas las unidades del Ministerio, que están obligadas a facilitarla.
Disposición adicional primera — Facultades de desarrollo
La persona titular de la Subsecretaría puede dictar instrucciones para el cumplimiento de esta orden.
Disposición adicional segunda — No incremento del gasto público
El funcionamiento de la Comisión no incrementa el gasto público y usa los medios existentes en el Ministerio.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan disposiciones de igual o inferior rango contrarias, especialmente la Orden de 9 noviembre de 1991 sobre la Comisión de Informática.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden SSI/1870/2015, de 10 de septiembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Orden de 9 de noviembre de 1991 BOE-A-1991-28520
- el Real Decreto 199/2012, de 23 de enero BOE-A-2012-1033
- el Real Decreto 200/2012, de 23 de enero BOE-A-2012-1034
- el Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre BOE-A-2014-9741
Leyes que la modifican
- lo indicado, por Orden DSA/1082/2020, de 13 de noviembre BOE-A-2020-14693
- lo indicado y SE MODIFICA las referencias señaladas, por Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre de 2021 BOE-A-2021-19104
- lo indicado y SE MODIFICA las referencias señaladas, por Orden IGD/665/2022, de 11 de julio BOE-A-2022-11808
- en la forma indicada, por Orden SND/76/2025, de 27 de enero BOE-A-2025-1641
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