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En vigorReal Decreto

Real Decreto 701/2013, de 20 de septiembre, de racionalización del sector público

También conocida como: RD 701/2013, RD 701/13
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26 de septiembre de 2013·Ministerio de la Presidencia·BOE-A-2013-9968
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma reorganiza varios organismos y servicios del Estado para que funcionen de forma más eficiente y sencilla.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (16 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Extinción del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas

    Se extingue el Organismo Autónomo Cría Caballar. Sus funciones, personal y patrimonio pasan al Ministerio de Defensa desde el 1 de enero de 2014.

  2. Artículo 2 — Supresión de las unidades de apoyo ante desastres

    Quedan suprimidas las unidades de apoyo ante desastres reguladas en el Real Decreto 1123/2000.

  3. Artículo 3 — Disolución y liquidación de las entidades mancomunadas de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social

    Quedan disueltas Corporación Mutua y Suma Intermutual, iniciándose su liquidación.

  4. Artículo 4 — Supresión de la Gerencia del Sector de la Construcción Naval

    Se suprime la Gerencia de Construcción Naval el 31/12/2013. Sus funciones pasan al Ministerio de Industria. El personal se integra sin subir sueldo. Los bienes sobrantes van al Estado.

  5. Artículo 5 — Supresión del Comisionado del Gobierno para la Reconstrucción y Reactivación Económica de la Zona de Lorca

    Se suprime el Comisionado del Gobierno para la Reconstrucción de Lorca y su oficina al cumplir los objetivos de creación.

  6. Disposición transitoria primera — Actuaciones liquidatorias de las entidades mancomunadas de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social

    Las Juntas proponen liquidadores en 1 mes. Presentan Plan con cuentas, obligaciones, centros y población en 2 meses. Liquidación en 6 meses. Excedentes/déficits se reparten entre Mutuas. Aprobación final en BOE.

  7. Disposición transitoria segunda — Extinción del Comisionado del Gobierno para la Reconstrucción y Reactivación Económica de la Zona de Lorca

    El Subsecretario del Ministerio de Fomento sigue las actuaciones del Comisionado para la Reconstrucción de Lorca hasta su finalización.

  8. Disposición transitoria tercera — Régimen transitorio de rendición de cuentas anuales del ejercicio 2013

    El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa aprueba y rinde las cuentas de 2013 de la Cría Caballar al Tribunal de Cuentas.

  9. Disposición transitoria cuarta — Régimen transitorio de rendición de cuentas anuales del ejercicio 2013

    La formulación y aprobación de las cuentas anuales de 2013 de la Gerencia del Sector de la Construcción Naval, y su rendición al Tribunal de Cuentas, corresponden al Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

  10. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se derogan normas como el Estatuto de Cría Caballar (1/1/2014), unidades de apoyo desastres, mutuas y Comisionado Lorca. El Estatuto Gerencia Construcción Naval se deroga el 31/12/2013.

  11. Disposición final primera — Facultades de desarrollo

    Se faculta a los Ministros competentes para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.

  12. Disposición final segunda — Modificación del Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, de primas y financiación a la construcción naval

    Se modifica el Real Decreto 442/1994 sobre construcción naval. El Ministerio de Industria concede ayudas. La Dirección General de Industria y Pyme gestiona suspensiones, valores base, primas (máx. 10%), créditos (hasta 80%) y subvenciones (1 punto). Las solicitudes se presentan en 2 meses y se resu1

  13. Disposición final tercera — Nuevo Reglamento de primas y financiación

    El Ministro de Industria aprueba un nuevo Reglamento de primas y financiación a la construcción naval, sustituyendo al de 1994, para que la Dirección General de Industria y Pyme gestione las ayudas conforme a los cambios.

  14. Disposición final cuarta — Modificación del Real Decreto 1370/2007, de 19 de octubre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres

    Se modifica la Comisión Interministerial de Igualdad. Se adscribe al Ministerio de Sanidad. La preside el titular de dicho ministerio. Su finalidad es supervisar la igualdad y erradicar la violencia de género.

  15. Disposición final quinta — Modificaciones presupuestarias

    Los Ministerios de Hacienda y Empleo realizan las modificaciones presupuestarias necesarias para cumplir este real decreto.

  16. Disposición final sexta — Entrada en vigor

    El Real Decreto 701/2013, de 20 de septiembre, de racionalización del sector público, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
26 de septiembre de 2013
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Leyes en las que se basa

  • Arts. 1, 5, 6, 8, 10 a 12, 14 y la disposición adicional 1 del Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo BOE-A-1994-9139
  • Art. 91.2.a) y, en la forma indicada, el capítulo II del título III del reglamento aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre BOE-A-1995-26716
  • Art. 66.1 y 3 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre BOE-A-1998-30155
  • Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio BOE-A-2000-12326
  • Real Decreto 3451/2000, de 22 de diciembre BOE-A-2001-737
  • Arts. 1 a 4 y disposición adicional única del Real Decreto 1370/2007, de 19 de octubre BOE-A-2007-18917
  • Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre BOE-A-2008-17084
  • Real Decreto 526/2012, de 16 de marzo BOE-A-2012-3947

Leyes que la modifican

  • con modificación de sus disposiciones derogatoria única y final 2, en BOE núm. 271, de 12 de noviembre de 2013 BOE-A-2013-11795
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