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Resolución de 7 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban los procedimientos de solicitud por vía telemática de representante para los actos de comprobación material de la inversión, las comunicaciones y los modelos normalizados de solicitud

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10 de julio de 2015·19 de diciembre de 2018·Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas·BOE-A-2015-7735
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo solicitar por internet un representante para verificar inversiones y obras públicas mediante formularios oficiales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Primero. Objeto

    La Resolución regula la solicitud telemática de representante de la IGAE para comprobaciones de inversión, las comunicaciones entre órganos y aprueba los modelos normalizados de solicitud y modificación.

  2. Segundo. Ámbito de aplicación subjetivo

    La Resolución se aplica a los centros gestores de la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos y Organismos Públicos de Investigación incluidos en la función interventora.

  3. Tercero. Ámbito de aplicación objetivo

    La solicitud de representante es obligatoria para inversiones de 50.000 euros o más. No procede para limpieza, seguridad, transporte o suministros básicos, salvo que el Interventor ordene lo contrario.

  4. Cuarto. Condiciones generales de utilización de la vía telemática por el Centro gestor de la solicitud

    La solicitud de representante para comprobaciones de inversión se realiza telemáticamente por órganos de la AGE u Organismos Públicos. Se requieren dos perfiles de usuario (firmante y tramitador) en la aplicación COREnet, accediendo con DNI electrónico o certificado de empleado público.

  5. Quinto. Condiciones generales de utilización de la vía telemática por las Intervenciones Delegadas, Regionales o Territoriales

    La aplicación COREnet tiene perfiles: Interventor titular, Interventor y personal. Permiten dar de alta solicitudes de designación, modificaciones, subsanaciones, actas y seguimiento. Los interventores pueden firmar electrónicamente.

  6. Sexto. Condiciones generales de utilización de la vía telemática por los Delegados de asesores

    Los delegados usan COREnet para gestionar asesores. Perfiles: Titular, Sustituto y Personal de oficina. El Titular gestiona, asigna y consulta. El Personal hace todo menos comunicar. La alta de Sustituto requiere alta previa de Titular.

  7. Séptimo. Modelos normalizados de solicitud

    Se aprueban modelos normalizados de solicitud de representante para comprobación de inversión. Plazo: 30 días hábiles (45 si es en el exterior). Documentos: gasto, pliegos, memoria, presupuesto y contrato. Solicitudes incompletas se subsanan en 3 días o caducan.

  8. Octavo. Procedimiento de solicitud de representante de la IGAE para los actos de comprobación material de la inversión a través de medios telemáticos

    La solicitud se tramita en la oficina virtual accediendo a COREnet. Consta de grabación (sin efecto) y firma electrónica del usuario competente (con efecto). Se usa certificado del RD 1671/2009. El Interventor puede solicitar comprobaciones materiales siguiendo este procedimiento con el anexo II.

  9. Noveno. Procedimiento de comunicación telemática de la designación de representante de la IGAE

    La designación se firma electrónicamente con certificado del RD 1671/2009 y estándar XAdES. La comunicación al Centro gestor y representantes se realiza por COREnet con sello electrónico. Los designados acceden a COREnet para visualizar comunicaciones y consultar solicitudes.

  10. Décimo. Procedimiento de solicitud de modificación a través de medios telemáticos

    Tras la designación, no se pueden rectificar los nombramientos. Las modificaciones deben solicitarse telemáticamente según los anexos III, IV o V. La solicitud no surte efecto solo con la firma; debe ajustarse al procedimiento del apartado Octavo.1 u Octavo.2, justificando la necesidad.

  11. Undécimo. Información para la intervención previa del reconocimiento de la obligación

    El Centro gestor debe comunicar el número de solicitud COREnet al Interventor para la intervención previa. Los funcionarios de la Intervención pueden verificar las comunicaciones en la aplicación usando dicho número.

  12. Duodécimo. Régimen transitorio

    Las solicitudes previas a la entrada en vigor se rigen por la normativa anterior; las posteriores, por esta Resolución. Mientras no esté disponible COREnet para actas y seguimiento, se usan medios anteriores. La disponibilidad se publicará en la Intranet y portal IGAE.

  13. Decimotercero. Cláusula derogatoria

    Queda sin efecto la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de 5 de junio de 2006.

  14. Decimocuarto. Entrada en vigor

    La Resolución entra en vigor el 14 de julio de 2015. Los modelos normalizados de solicitud de representante y de modificación son de aplicación a la Administración Militar del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
10 de julio de 2015
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre BOE-A-1996-1578
  • Art. 150.2.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre BOE-A-2003-21614
  • La Resolución de 5 de junio de 2006 BOE-A-2006-11200
  • Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre BOE-A-2011-17887

Leyes que la modifican

  • los apartados 7, 8 y los anexos I a V, por Resolución de 3 de diciembre de 2018 BOE-A-2018-17379
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