Saltar al contenido
← Volver
En vigorotro

Instrucción de 13 de mayo de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre remisión de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia

Ver en BOE
25 de mayo de 2015·Ministerio de Justicia·BOE-A-2015-5696
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo deben enviarse las solicitudes para obtener la nacionalidad española por haber vivido en el país durante el tiempo exigido.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

3
Artículos
1
Versiones
3
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Instrucción de 13 de mayo de 2015, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre remisión de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia — Primero

    Una vez finalizada la instrucción, el Encargado del Registro Civil debe remitir los expedientes de nacionalidad por residencia a la Dirección General de los Registros y del Notariado, en Plaza de Jacinto Benavente 3, 28071 Madrid.

  2. Instrucción de 13 de mayo de 2015, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre remisión de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia — Segundo

    Los Registros Civales deben remitir documentación complementaria de expedientes pendientes desde 2015. Debe incluirse el número de expediente asignado. Esta instrucción solo afecta a nacionalidad por residencia; otros trámites siguen a la dirección habitual.

  3. Instrucción de 13 de mayo de 2015, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre remisión de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia — Tercero

    La Instrucción de 13 de mayo de 2015 sobre solicitudes de nacionalidad por residencia es de aplicación plena a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
25 de mayo de 2015
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • Art. 41 del Reglamento del Registro Civil, aprobado por Decreto de 14 de noviembre de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-18486
  • Art. 9 de la Ley 20/2011, de 21 de julio BOE-A-2011-12628
  • la Instrucción de 2 de octubre de 2012 BOE-A-2012-12808
  • Resolución de 6 de abril de 2015 BOE-A-2015-3723
gestión nacionalidad extranjeríanacionalidad por residenciapapeles para ser españolpedir nacionalidad españolasolicitud nacionalidadtrámites registro civil