Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre competencia de los Registros Civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción
Esta norma explica cómo solicitar la nacionalidad española para hijos de extranjeros nacidos en España cuando se cumplen ciertos requisitos legales.
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Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre competencia de los registros civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción — Primera
Se sistematizan criterios para evitar la apatridia de nacidos en España de padres extranjeros, publicando doctrina sobre leyes de nacionalidad de los progenitores.
Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre competencia de los registros civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción — Segunda
El expediente de nacionalidad con valor de simple prescripción lo resuelve en primera instancia el Encargado del Registro Civil del domicilio del solicitante, no el del lugar de inscripción.
Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre competencia de los registros civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción — Tercera
La infracción de la norma de competencia implica la nulidad de lo actuado, declarable por la Dirección General de los Registros y del Notariado mediante recursos, aplicando la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre competencia de los registros civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción — Cuarta
La resolución del expediente la califica el Registro del nacimiento, limitándose a competencia y formalidades, aunque la práctica permite revisar datos registrales.
Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre competencia de los registros civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción — Quinta
La declaración de nacionalidad es nula si el órgano registral era incompetente o si se aplicó mal el Derecho extranjero al interpretar el artículo 17.1.c del Código civil.
Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre competencia de los registros civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción — Sexta
Se puede iniciar de nuevo expediente para declarar nacionalidad si hay hechos nuevos, por iniciativa del Ministerio Fiscal, Policía, cualquier interesado o de oficio, con intervención del Ministerio Público.
Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre competencia de los registros civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción — Séptima
Una declaración negativa accede al Registro Civil para cancelar la anotación preventiva. Las anotaciones se rectifican mediante expediente gubernativo acreditando inexactitud, con notificación formal a los interesados.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Código Civil de 24 de julio de 1889 BOE-A-1889-4763
- el art. 41 del Reglamento del Registro Civil, aprobado por Decreto de 14 de noviembre de 1958 (GAZETA) BOE-A-1958-18486
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