Ley 18/1990, de 17 de diciembre, sobre reforma del Código Civil en materia de nacionalidad
También conocida como: L 18/1990, L 18/90Esta ley regula cómo se obtiene, se pierde o se recupera la nacionalidad española, facilitando los trámites y adaptándolos a la realidad social.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 4 de noviembre de 1995Reforma BOE-A-1995-23931Ver qué cambió →
- 24 de diciembre de 1993Reforma BOE-A-1993-30620Ver qué cambió →
- 18 de diciembre de 1990Versión original BOE-A-1990-30520
Artículo por artículo
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Artículo único
Modifica arts. 15-26 C. Civil. Opción vecindad civil al adquirir nacionalidad. Españoles de origen por filiación/nacimiento. Consolidación tras 10 años. Adopción por españoles. Derecho a optar para tutelados. Carta de naturaleza o residencia (10, 5, 2, 1 años). Requisitos: juramento, renuncia, insc.
Disposiciones transitorias — Primera
La adquisición o pérdida de la nacionalidad española conforme a la legislación anterior mantiene su efecto, aunque la causa no esté prevista en la ley actual.
Disposiciones transitorias — Segunda
Quienes no sean españoles pero lo serían por los artículos 17 o 19 del Código Civil, pueden optar por la nacionalidad española de origen en un plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta Ley, cumpliendo las condiciones de los artículos 20 y 23 del Código Civil.
Información general
Leyes en las que se basa
- el art. 35 de la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862 (Gazeta) BOE-A-1862-4073
- los arts. 15 y 17 a 26 del Código Civil de 24 de julio de 1889 (Gazeta) BOE-A-1889-4763
Leyes que la modifican
- estableciendo la Dispensa Prevista en la disposición transitoria tercera, por Orden de 11 de julio de 1991 BOE-A-1991-19014
- hasta el 7 de enero de 1996, el plazo fijado en la disposición transitoria tercera, por Ley 15/1993, de 23 de diciembre BOE-A-1993-30620
- la disposición transitoria tercera, por la Ley 29/1995, de 2 de noviembre BOE-A-1995-23931
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