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En vigorOrden

Orden JUS/2831/2015, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el formulario para la solicitud del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos

También conocida como: O 2831/2015, O 2831/15
Ver en BOE
29 de diciembre de 2015·Ministerio de Justicia·BOE-A-2015-14225
Resumen en lenguaje sencillo

Este documento es el formulario oficial para solicitar un acuerdo y negociar tus deudas cuando no puedes pagarlas, evitando ir a juicio.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4
Artículos
1
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Aprobación del formulario de solicitud de inicio del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos

    Se aprueba el formulario de solicitud para iniciar el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos, previsto en el artículo 232.2 de la Ley 22/2003 Concursal.

  2. Artículo 2 — Presentación y destinatario del formulario de solicitud

    El deudor no empresario presenta la solicitud al notario. El empresario puede optar por el registrador mercantil, la Cámara Oficial de Comercio o la de España. La presentación es electrónica. No hay coste para personas naturales no empresarias.

  3. Disposición final primera — Título competencial

    La orden se basa en las competencias exclusivas del Estado en legislación mercantil y civil, según los artículos 149.1.6.ª y 8.ª de la Constitución Española.

  4. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden JUS/2831/2015, de 17 de diciembre, sobre el formulario para el acuerdo extrajudicial de pagos, entra en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de diciembre de 2015
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • sobre designación de mediador concursal y comunicación de datos del deudor: Instrucción de 5 de febrero de 2018 BOE-A-2018-1993
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