Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal
También conocida como: O 2537/2015, O 2537/15Esta norma establece dónde y cómo funciona el registro oficial para inscribir y gestionar las fundaciones de ámbito estatal en España.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
El objeto de esta orden ministerial es establecer la fecha de entrada en funcionamiento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
Artículo 2 — Entrada en funcionamiento
El Registro de Fundaciones de Competencia Estatal entra en funcionamiento a la fecha de entrada en vigor de la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre.
Artículo 3 — Dependencia orgánica
El Registro de Fundaciones de Competencia Estatal depende orgánicamente del Ministerio de Justicia y está adscrito a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Artículo 4 — Sede
El Registro de Fundaciones de Competencia Estatal se ubica en la Dirección General de los Registros y del Notariado, en la plaza de Jacinto Benavente, 3, Madrid.
Disposición adicional primera — No incremento de gasto público
Las medidas se financian con medios existentes de los departamentos ministeriales, sin incremento de gasto público.
Disposición adicional segunda — Extinción de los registros ministeriales existentes
Los registros ministeriales de fundaciones existentes se extinguen al entrar en funcionamiento el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
Disposición derogatoria — Derogación de normas de igual o menor rango
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre.
Disposición final primera — Modificaciones presupuestarias y de las relaciones de puestos de trabajo
Se realizarán las modificaciones presupuestarias y de puestos de trabajo necesarias para cumplir esta orden ministerial.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden PRE/2537/2015 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre BOE-A-2002-25180
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre BOE-A-2005-19154
- Disposición final 2.2 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre BOE-A-2008-978
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