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En vigorLey Orgánica

Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica

También conocida como: LO 13/2015, LO 13/15
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6 de octubre de 2015·Jefatura del Estado·BOE-A-2015-10725
Resumen en lenguaje sencillo

Regula cómo la policía puede investigar delitos usando tecnología, internet y dispositivos electrónicos, garantizando siempre tus derechos básicos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

9
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1
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

    Se refuerzan derechos del investigado (información, abogado, silencio). Se regulan medidas tecnológicas: interceptación (máx. 18 meses), registro de dispositivos y registros remotos (máx. 3 meses). Se prohíbe incomunicación a menores de 16 años.

  2. Disposición adicional primera — Previsión de costes

    Las medidas de esta norma no pueden suponer un incremento en las dotaciones de personal, en las retribuciones ni en otros gastos de personal.

  3. Disposición adicional segunda — Sustitución de referencias

    Las referencias a intervención de comunicaciones telefónicas o telemáticas del artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se entienden referidas al Título VIII del Libro II de dicha ley.

  4. Disposición transitoria única — Legislación aplicable

    La ley se aplica a procedimientos penales iniciados tras su entrada en vigor. También a diligencias y resoluciones acordadas tras dicha fecha en procedimientos en curso.

  5. Disposición derogatoria única — Derogación de normas

    Se derogan los artículos 387 y 395 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, así como cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta ley.

  6. Disposición final primera — Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

    Se modifican los artículos 57.1, 65, 73.3, 82.1, 87.1, y 89 bis. 2 y 3 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, añadiendo competencias sobre decomiso autónomo y especialización judicial.

  7. Disposición final segunda — Título competencial

    La ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en legislación procesal (art. 149.1.6.ª CE). La modificación del Poder Judicial se basa en la competencia de administración de justicia (art. 149.1.5.ª CE).

  8. Disposición final tercera — Incorporación de Derecho de la Unión Europea

    Se incorpora al Derecho español la Directiva 2013/48/UE sobre el derecho a la asistencia de letrado en procesos penales, orden de detención europea e información a terceros durante la privación de libertad.

  9. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La ley entra en vigor a los 2 meses de su publicación en el BOE. Los apartados 1, 3, 4, 5 y 6 del artículo único entran el 1 de noviembre de 2015.

Información general

Tipo de ley
Ley Orgánica
Vigencia
En vigor
Publicación
6 de octubre de 2015
Departamento
Jefatura del Estado

Notas oficiales

Entrada en vigor: 6 de diciembre de 2015, excepto los apartados 1 y 3 a 6 del art. único que lo harán el 1 de noviembre de 2015.

Leyes en las que se basa

  • los arts. 387 y 395, MODIFICA los arts. 118, 282 bis, 509, 520, 527, 967, la Rúbrica del título VIII del libro II al que AÑADE los capítulos I a X, los arts. 520 ter y 579 bis y SUSTITUYE el término indicado en determinados preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 (Gazeta) BOE-A-1882-6036
  • los arts. 57.1, 65, 73.3, 82.1, 87.1 y 89 bis. 2 y 3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio BOE-A-1985-12666
  • la Directiva 2013/48/UE, de 22 de octubre DOUE-L-2013-82319

Leyes que la modifican

  • con modificación de la disposición final 1, en BOE núm. 285, de 28 de noviembre de 2015 BOE-A-2015-12887
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