Ya no está en vigorReal Decreto
Real Decreto 847/2015, de 28 de septiembre, por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad
También conocida como: RD 847/2015, RD 847/15Resumen en lenguaje sencillo
Esta norma explica cómo deben registrarse las empresas que quieren ofrecer servicios de radio o televisión en España antes de empezar a emitir.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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Categorías
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 21 de diciembre de 2023Reforma BOE-A-2023-25886Ver qué cambió →
- 29 de septiembre de 2015Versión original BOE-A-2015-10394
Información general
Temas
Acceso a la informaciónAutorizacionesComunicación AudiovisualComunidades AutónomasLicenciasMinisterio de Industria Energía y TurismoProcedimiento administrativoRadiodifusiónRegistros administrativosRegistros telemáticosSecretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la InformaciónServicios de telecomunicaciónTelevisión
Leyes en las que se basa
- Ley 17/2009, de 23 de noviembre BOE-A-2009-18731
- la Ley 7/2010, de 31 de marzo BOE-A-2010-5292
- Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto BOE-A-2013-9212
Leyes que la modifican
- por Real Decreto 1138/2023, de 19 de diciembre BOE-A-2023-25886
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