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Instrucción de 10 de enero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre lugar de celebración de matrimonios civiles por los alcaldes

Ver en BOE
14 de febrero de 2013·Ministerio de Justicia·BOE-A-2013-1554
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma aclara que los alcaldes pueden celebrar matrimonios civiles tanto dentro como fuera de las dependencias municipales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

1
Versiones
4
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
14 de febrero de 2013
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • art. 9 de la Ley de 8 de junio de 1957 (GAZETA) BOE-A-1957-7537
  • art. 41 del Reglamento aprobado por Decreto de 19 de noviembre de 1958 (GAZETA) BOE-A-1958-18486
  • las directrices 2 y 3 de la Instrucción de 26 de enero de 1995 BOE-A-1995-3544
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