Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios
También conocida como: RDL 22/2012, RDL 22/12Esta norma regula la organización y gestión de los servicios de tren y las infraestructuras ferroviarias en España para mejorar su funcionamiento.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Reestructuración de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora
RENFE-Operadora se estructura en cuatro sociedades: Viajeros, Mercancías y Logística, Fabricación y Mantenimiento, y Arrendamiento. Se declara exentas de tributos las transmisiones derivadas.
Artículo 2 — Supresión de la entidad pública empresarial Ferrocarriles Españoles de Vía Estrecha (FEVE)
FEVE se extingue el 31 de diciembre de 2012. ADIF y RENFE-Operadora asumen sus bienes, derechos y obligaciones. Se declaran exentas de tributos las transmisiones derivadas de esta extinción.
Artículo 3 — Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario
Los servicios de viajeros en ancho internacional, ibérico convencional y métrico no se aplican hasta el 31 de julio de 2013. Hasta esa fecha, RENFE-Operadora explota los servicios según la Ley 16/1987.
Artículo 4 — Servicios de cercanías y regionales traspasados a las comunidades autónomas
Las Comunidades Autónomas con traspasados los servicios de cercanías y regionales en ancho ibérico pueden disponer su prestación conforme a la normativa aplicable y al Reglamento (CE) 1370/2007.
Disposición adicional primera — Reestructuración de servicios e infraestructuras ferroviarias
Antes del 31 de diciembre de 2012, el Ministerio de Fomento propone al Consejo de Ministros la viabilidad de infraestructuras no rentables y de servicios de media distancia sin obligación de servicio público.
Disposición adicional segunda — Traspaso de activos a Adif
Se asigna a ADIF la conexión del corredor Mediterráneo con la línea Madrid-Barcelona-Frontera Francesa (Vandellós-Área Tarragona) y el tramo A Coruña-Vigo del eje atlántico de alta velocidad.
Disposición adicional tercera — Reestructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional
Se promueven fusiones, extinciones y cambios de titularidad de sociedades y fundaciones del sector público estatal para reducir entidades y gasto, ajustándose al plan de reestructuración del 16 de marzo de 2012.
Disposición final primera — Título competencial
El Real Decreto-ley se basa en el artículo 149.1.13.ª, 21.ª y 24.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencias sobre planificación económica, ferrocarriles interestatales y obras públicas de interés general.
Disposición final segunda — Desarrollo normativo
Se autoriza al Gobierno y al Ministro de Fomento a dictar disposiciones reglamentarias y medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto-ley en el ámbito de sus competencias.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio, sobre infraestructuras y servicios ferroviarios, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre BOE-A-2003-20254
- la disposición transitoria 3 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre BOE-A-2003-20978
Leyes que la modifican
- por Resolución de 24 de julio de 2012 BOE-A-2012-10344
- fijando criterios de segregación de activos y pasivos: Orden FOM/2818/2012, de 28 de diciembre BOE-A-2012-15791
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