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En vigorLey

Ley 1/2012, de 12 de junio, por la que se establece y regula una red de apoyo a la mujer embarazada

También conocida como: L 1/2012, L 1/12
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29 de junio de 2012·20 de junio de 2014·Comunidad Autónoma de La Rioja·BOE-A-2012-8678
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley crea en La Rioja una red de apoyo para ofrecer información, asesoramiento y recursos sociales a mujeres embarazadas que lo necesiten.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

14
Artículos
1
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5
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (14 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Se crea en La Rioja una red de apoyo a mujeres embarazadas en situación de desprotección o riesgo de exclusión social.

  2. Artículo 2 — Ámbito de aplicación

    Mujeres embarazadas en riesgo de exclusión en La Rioja tienen derecho a asesoramiento personalizado e información sobre ayudas para el embarazo y crianza.

  3. Artículo 3 — Unidades de asistencia y asesoramiento a la mujer embarazada

    El Gobierno de La Rioja promueve unidades de asistencia y asesoramiento a la mujer embarazada. Estas proporcionan información detallada sobre recursos de protección social (estatales, autonómicos y locales, públicos y privados), especialmente salarios de inserción social, ayudas a la maternidad, de,

  4. Artículo 4 — Prioridad en las políticas sociales

    En todas las políticas sociales de La Rioja se establece la prioridad de la mujer embarazada para acceder a prestaciones o ayudas, siempre que sean adecuadas a su situación.

  5. Artículo 5 — Adolescentes y jóvenes embarazadas

    Las embarazadas menores de 30 años en riesgo tienen derecho a asistencia específica: educación para la maternidad, apoyo psicológico y adaptación escolar. Los horarios y planes se adecuan durante el embarazo y dos años después, velando las autoridades educativas.

  6. Artículo 6 — Entidades de iniciativa social

    La Administración de La Rioja fomenta la colaboración con entidades privadas sin ánimo de lucro que contribuyan a los objetivos de esta ley, según el artículo 2 de la Ley de Servicios Sociales de La Rioja.

  7. Artículo 7 — Confidencialidad de las actuaciones

    Se protege la intimidad, valores, creencias y confidencialidad de datos de la mujer embarazada y sus hijos, respetando la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.

  8. Artículo 8 — Información en los centros sociales y sanitarios

    Centros sociales y sanitarios deben informar sobre la red de apoyo. En embarazos de riesgo, se informa sobre asociaciones para familias. La información sobre aborto incluye legislación, método aplicable y posibles secuelas físicas y psíquicas.

  9. Artículo 9 — Plan integral de apoyo

    El Gobierno de La Rioja elaborará un Plan Integral de Apoyo a la Embarazada en desprotección o riesgo de exclusión social. Incluirá medidas de investigación, información, educación, sensibilización, prevención, ayudas e intervención.

  10. Artículo 10 — Fomento de la información

    El Gobierno de La Rioja facilita un teléfono gratuito y publica información en su web sobre la red de apoyo a la mujer embarazada.

  11. Artículo 11 — Colaboración entre administraciones

    El Gobierno de La Rioja promueve la colaboración de las Entidades Locales para difundir la red de apoyo, mediante convenios si fuera necesario.

  12. Disposición adicional única

    El Plan Integral de Apoyo a la Embarazada deberá ser aprobado en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley.

  13. Disposición final primera — Habilitación de desarrollo

    Se faculta al Gobierno de La Rioja para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de la Ley 1/2012, de 12 de junio, sobre la red de apoyo a la mujer embarazada.

  14. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 1/2012, de 12 de junio, sobre la red de apoyo a la mujer embarazada, entra en vigor al mes de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de junio de 2012
Departamento
Comunidad Autónoma de La Rioja

Notas oficiales

Publicada en el BOR núm. 75, de 20 de junio de 2012.

Leyes en las que se basa

  • el art. 8.Uno.30 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio BOE-A-1982-15030
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