Ley 2/1981, de 12 de febrero, sobre reconocimiento de los derechos de inviolabilidad e inmunidad de los miembros del Parlamento Vasco
También conocida como: L 2/1981, L 2/81Esta ley establece las protecciones legales especiales que tienen los parlamentarios del País Vasco para poder ejercer su labor sin represalias.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 19 de noviembre de 1981Reforma BOE-A-1981-26833Ver qué cambió →
- 9 de julio de 1981Reforma BOE-A-1981-15176Ver qué cambió →
- 21 de marzo de 1981Versión original BOE-A-2012-5922
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (3 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1
Los miembros del Parlamento Vasco gozan de inviolabilidad por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones, derecho que se mantiene incluso después de haber cesado en su mandato.
Artículo 2
Los Parlamentarios gozan de inmunidad durante su mandato, no pudiendo ser detenidos salvo flagrante delito ni procesados sin autorización del Parlamento Vasco. Las responsabilidades penales fuera del País Vasco se exigen ante el Tribunal Supremo.
Disposición adicional
Las disposiciones de la Ley son aplicables con efecto retroactivo a los Parlamentarios de la actual Legislatura que se encuentren en las situaciones reguladas.
Información general
Notas oficiales
Publicada en el BOPV núm. 7, de 21 de marzo de 1981.
Leyes en las que se basa
- el art. 26 y la disposición transitoria 1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre BOE-A-1979-30177
Leyes que la modifican
- 185/1981 planteado en relación con la Ley, con suspensión desde el 9 de julio de 1981, de vigencia y aplicación de la norma impugnada, y desde el 22 de junio de 1981, para las partes legitimadas BOE-A-1981-15176
- en el Recurso 185/1981, inconstitucional y nulo lo indicado del art. 2 y de la disposición adicional, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia de 12 de noviembre de 1981 BOE-T-1981-26833
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