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En vigorOrden

Orden ECC/2741/2012, de 20 de diciembre, de desarrollo metodológico de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera sobre el cálculo de las previsiones tendenciales de ingresos y gastos y de la tasa de referencia de la economía española

También conocida como: O 2741/2012, O 2741/12
Ver en BOE
24 de diciembre de 2012·1 de octubre de 2016·Ministerio de Economía y Competitividad·BOE-A-2012-15499
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo el Estado calcula sus previsiones de ingresos y gastos para asegurar que las cuentas públicas sean sostenibles.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Aprobación de las metodologías

    Se aprueban las metodologías para calcular el PIB potencial y las previsiones de ingresos y gastos, detalladas en los anejos 1 y 2 de esta orden.

  2. Artículo 2 — Revisión de las sensibilidades cíclicas

    Los valores de sensibilidad cíclica de las Comunidades Autónomas y la Administración Central se actualizan si la UE modifica su procedimiento. Se usan los valores de la Comisión Europea cuando aplique sus estimaciones.

  3. Artículo 3 — Cálculo de las tasas de referencia del crecimiento del PIB de medio plazo de la economía española y de su deflactor

    Las tasas de referencia se calculan promediando 10 años (5 anteriores, actual y 4 futuros). El deflactor usa el menor entre 2% o la tasa nacional. El Ministerio de Economía publica las tasas antes de fin de año, sin poder modificar las del siguiente.

  4. Disposición adicional única — Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Autónoma del País Vasco

    La orden se aplica al País Vasco y Navarra según la Ley Orgánica 2/2012. Sin perjuicio de que las comisiones mixtas y coordinadoras acuerden especialidades derivadas del régimen foral.

  5. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Orden ECC/2741/2012 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
24 de diciembre de 2012
Departamento
Ministerio de Economía y Competitividad

Leyes en las que se basa

  • las disposiciones transitoria 2 y final 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril BOE-A-2012-5730

Leyes que la modifican

  • el art. 2 y SE SUSTITUYE el anexo II, por Orden ECC/493/2014, de 27 de marzo BOE-A-2014-3380
  • el anexo II, por Orden ECC/1556/2016, de 28 de septiembre BOE-A-2016-8967
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