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Ley Foral 18/2012, de 19 de octubre, sobre la complementación de las prestaciones farmacéuticas en la Comunidad Foral de Navarra

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14 de noviembre de 2012·8 de enero de 2018·Comunidad Foral de Navarra·BOE-A-2012-14019
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula las ayudas económicas para que los ciudadanos de Navarra paguen menos por sus medicamentos y productos farmacéuticos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
4
Versiones
8
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Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Esta Ley Foral regula en Navarra la complementación de las condiciones financieras básicas de la prestación farmacéutica.

  2. Artículo 2 — Titulares de derecho

    Tienen derecho a la complementación las personas aseguradas o beneficiarias del Sistema Nacional de Salud con asistencia sanitaria pública.

  3. Artículo 3 — Normas para la aplicación del régimen de la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud

    La dispensación sigue la normativa estatal y esta Ley. Los sistemas de información añaden datos sobre aportaciones. La prescripción usa modelos oficiales de receta y órdenes de enfermería.

  4. Artículo 5 — Alcance de la extensión de la cobertura financiera

    Están exentos de aportación: personas con síndrome tóxico o discapacidad, perceptores de Renta de Inclusión Social, paradas sin subsidio y tratamientos por accidente laboral. El reintegro fuera de Navarra sigue el artículo 4.3.

  5. Disposición final primera

    Se faculta a la Consejera de Salud para adaptar recetas y órdenes de enfermería, y dictar el procedimiento de reintegro de gastos previsto en el artículo 5.2.

  6. Disposición final segunda

    La Ley Foral 18/2012, de 19 de octubre, sobre la complementación de las prestaciones farmacéuticas en la Comunidad Foral de Navarra, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Información general

Tipo de ley
Otro
Vigencia
En vigor
Publicación
14 de noviembre de 2012
Departamento
Comunidad Foral de Navarra

Notas oficiales

Publicada en el BON núm. 213, de 30 de octubre de 2012.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • 501/2013, con suspensión, desde el 14 de febrero de 2013, de su vigencia y aplicación y, desde el 28 de enero de 2013, para las partes legitimadas BOE-A-2013-1553
  • el levantamiento de la suspensión de vigencia de los arts. 2.1 y 4.1 y de las disposiciones adicional y final 2 y el mantenimiento de la suspensión de los demás preceptos, por Auto de 23 de abril de 2013 BOE-A-2013-4616
  • en el Recurso 501/2013, inconstitucionales y nulos los arts. 2.2, 4, lo indicado del 5, la disposición adicional y el inciso reseñado de la final 1, por Sentencia 140/2017, de 30 de noviembre BOE-A-2018-283
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