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En vigorOrden

Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior

También conocida como: O 649/2010, O 649/10
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17 de marzo de 2010·27 de mayo de 2025·Ministerio del Interior·BOE-A-2010-4443
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma crea las páginas web oficiales del Ministerio del Interior para que puedas realizar trámites y gestiones de forma segura por internet.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (13 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La orden crea sedes electrónicas en el Ministerio del Interior. Su ámbito se extiende a los órganos del ministerio, excluyendo a los organismos públicos que deban aprobar sus propias sedes mediante resolución de su titular.

  2. Artículo 2 — Sedes electrónicas que se crean

    Se crean tres sedes electrónicas: la central del Ministerio del Interior, la de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil para el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, y la correspondiente al ámbito de la Guardia Civil.

  3. Artículo 3 — Sede electrónica central del Ministerio del Interior

    La sede central (SECMIR) tiene titularidad en la Subsecretaría y gestión tecnológica en la Subdirección General de Sistemas. Accesos: internet (https://sede.interior.gob.es), oficinas del ministerio y teléfono 060. Responsables: titulares de centros directivos.

  4. Artículo 4 — Sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito del Cuerpo Nacional de Policía)

    La sede del Cuerpo Nacional de Policía (https://sede.policia.gob.es) tiene titularidad en la Dirección General y gestión tecnológica en la Subdirección General de Gestión Económica. Accesos: internet, oficinas de la policía y teléfono 060.

  5. Artículo 5 — Sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil)

    La sede de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es) cubre todos sus servicios. Permite trámites electrónicos y presencial en puestos, o por teléfono 060.

  6. Artículo 6 — Medios para la formulación de quejas y sugerencias

    Las quejas y sugerencias sobre las sedes electrónicas pueden presentarse presencialmente, por correo postal o electrónicamente a través de la Unidad Central de Quejas y Sugerencias.

  7. Disposición transitoria única — Puesta en funcionamiento de las sedes electrónicas

    Las sedes operan cuando sus titulares lo determinen, dentro del plazo de la disposición final cuarta del Real Decreto 1671/2009.

  8. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

  9. Disposición final primera — Adaptación de determinadas características de las sedes electrónicas

    La Subsecretaría puede adaptar mediante Resolución las direcciones web, denominaciones de organismos, canales de acceso y otras características no obligatorias.

  10. Disposición final segunda

    La dirección electrónica de la SECMIR será https://sede.mir.gob.es, sustituyendo a www.mir.es.

  11. Disposición final tercera — Modificación de la Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre, por la que se crea el registro electrónico de la Guardia Civil

    La dirección www.guardiacivil.es se sustituirá por https://sede.guardiacivil.gob.es al operar la sede de la Guardia Civil.

  12. Disposición final cuarta — Modificación de la Orden INT/3516/2009, de 29 de diciembre, por la que se crea un registro electrónico, en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía)

    La sede del Cuerpo Nacional de Policía será https://sede.policia.gob.es, sustituyendo a www.policia.es y www.policia.es/ServiciosElectronicos.

  13. Disposición final quinta — Entrada en vigor

    La Orden INT/649/2010 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de marzo de 2010
Departamento
Ministerio del Interior

Leyes en las que se basa

  • Apartados 5, 9 y 11 de la Orden INT/3298/2003, de 13 de noviembre BOE-A-2003-21726
  • art. 4 de la Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre BOE-A-2009-17430
  • el art. 3.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre BOE-A-2009-18358
  • art. 7 y disposición transitoria única de la Orden INT/3516/2009, de 29 de diciembre BOE-A-2009-21167

Leyes que la modifican

  • el art. 3, por Resolución de 22 de mayo de 2025 BOE-A-2025-10412
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