Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura
También conocida como: L 15/2010, L 15/10Esta ley fomenta que las empresas en Extremadura actúen de forma ética, cuidando el medio ambiente, la igualdad y el bienestar de sus trabajadores.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (31 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
La ley promueve la Responsabilidad Social Empresarial en Extremadura, definida como la integración voluntaria de preocupaciones sociales y medioambientales en las operaciones comerciales.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
La ley se aplica a empresas que operan en Extremadura y a los poderes públicos extremeños cuando actúan como contratantes, consumidoras, inversoras, empleadoras o prestadoras de servicios.
Artículo 3 — Definición de «Empresa Socialmente Responsable de la Comunidad Autónoma de Extremadura»
Son empresas socialmente responsables las que, además de cumplir la ley, integran voluntariamente valores éticos sociales, laborales, medioambientales y de derechos humanos en su gestión, dialogando con sus grupos de interés.
Artículo 4 — Elementos configuradores de la «Empresa Socialmente Responsable»
La RSE en Extremadura incluye: 1) Ética y valores (código de conducta, transmisión a partes interesadas, buen gobierno, innovación). 2) RRHH (no discriminación, igualdad, discapacidad, conciliación, seguridad, salarios transparentes). 3) Medio ambiente (ahorro energético, reciclaje, reducción de pol
Artículo 5 — Evaluación de la responsabilidad social
Las empresas deben elaborar una memoria de sostenibilidad transparente, auditable y completa. Debe aprobarse por el órgano estatutario, con 45 días para que los trabajadores emitan valoración.
Artículo 6 — Verificación de la responsabilidad social
La verificación social requiere auditoría externa independiente. Incluye modelo simplificado para pymes. El verificador confirma datos, evolución y gestión con grupos de interés.
Artículo 7 — Calificación de «Empresa socialmente responsable de la Comunidad Autónoma de Extremadura»
La Consejería de Trabajo otorga la calificación. Plazo de resolución: 6 meses (silencio negativo). Se requiere informe de trabajadores y auditoría. No pueden solicitarla empresas prohibidas de contratar.
Artículo 8 — Duración, prórroga y revocación de la calificación
La calificación dura 2 años, prorrogable una vez por igual periodo con 3 meses de antelación. Se revoca por incumplimiento. El procedimiento sigue la Ley 30/1992.
Artículo 9 — Creación del Premio «Empresas Socialmente Responsables de Extremadura»
Se crea el Premio «Empresa Socialmente Responsable de Extremadura» para destacar la promoción de valores sociales. Las bases y dotación se establecerán reglamentariamente.
Artículo 10 — Creación del Registro de empresas socialmente responsables de Extremadura
Se crea el Registro de empresas socialmente responsables de Extremadura, dependiente de la Consejería de trabajo. Es público e inscribe empresas calificadas y revocaciones.
Artículo 11 — Creación del Consejo Autonómico para el fomento de la Responsabilidad Social de Extremadura
Se crea el Consejo Autonómico para el fomento de la RSE, asesor del Consejo de Gobierno. Sus funciones incluyen emitir informes, elaborar memoria anual, actuar como observatorio, promover iniciativas, evaluar el desarrollo de la RSE, colaborar con otros consejos, participar en foros, definir priorid
Artículo 12 — Beneficios del otorgamiento de la declaración de «Empresa socialmente responsable de la Comunidad Autónoma de Extremadura»
Las empresas declaradas 'Empresa socialmente responsable' obtienen beneficios: ponderación en subvenciones, ayudas para gastos, profundizar medidas, difusión y homologación; beneficios fiscales; prioridad en contratos en caso de empate; y publicidad. Se creará un sello en 6 meses.
Artículo 13 — Fomento de la responsabilidad social empresarial
La Junta de Extremadura y las Entidades locales fomentarán la responsabilidad social empresarial en el ámbito de sus competencias, ajustando su actuación a los principios, acciones y medidas establecidas en los artículos siguientes de la ley.
Artículo 14 — Información y sensibilización de los actores de la responsabilidad social de las empresas
Se desarrollan medidas de información: campañas para mejorar la comprensión de la RSE, crear un portal web accesible y apoyar iniciativas. Para el consumo responsable: integrar principios de RSE en políticas de consumo, informar a consumidores, apoyar organizaciones de defensa y fomentar etiquetado.
Artículo 15 — Participación, conocimiento, implicación y corresponsabilidad
Se promueven objetivos de desarrollo sostenible: investigar RSE, incluir principios en educación y formación universitaria. Se fomentan capacidades: apoyar gestión de RSE en empresas y sindicatos, formar a directivos y representantes, e intercambiar experiencias entre empresas.
Artículo 16 — Las Administraciones públicas, la responsabilidad social empresarial y el desarrollo sostenible
Las Administraciones integran la RSE en su gestión, exigen requisitos en licitaciones, fomentan la Inversión Socialmente Responsable, la vinculan a subvenciones y contratos, promueven incentivos para pymes y alinean políticas con la UE.
Artículo 17 — Fomento de la responsabilidad social empresarial en la pequeña y mediana empresa
Se suministra información clara sobre RSE para pymes, se apoya su inicio, se reconocen sus avances progresivos, se estimulan instrumentos mancomunados y se elaboran guías técnicas adaptadas a sus necesidades.
Artículo 18 — Responsabilidad, diálogo y cooperación
Se fomenta el compromiso empresarial en desarrollo sostenible y se facilita la participación social. Se crean foros para abordar problemas como regeneración de zonas vulnerables, empleo, inclusión, mujer, formación e innovación.
Artículo 19 — La Administración pública y el empleo socialmente responsable
Los poderes públicos impulsan transparencia, cultura de valor, conciliación laboral, contratación de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión, igualdad, reducción de temporalidad y cláusulas sociales en contratos.
Artículo 20 — Obligaciones de la Administración pública
La Junta de Extremadura y sus organismos asumen obligaciones como entidad consumidora, inversora, contratante, empleadora y prestadora de servicios.
Artículo 21 — La Administración pública contratante
Se permiten condiciones medioambientales, sociales y laborales en contratos. Preferencia para empresas con >2% discapacidad. Reserva de contratos para Centros Especiales de Empleo.
Artículo 22 — La Administración pública consumidora
Plan de eficiencia energética en edificios. Sustitución de electrodomésticos por clase A. Eliminación progresiva del papel y priorización de productos con comercio justo y ecoetiquetas.
Artículo 23 — La Administración pública inversora
Se elabora un plan de ahorro energético que se incluye en los pliegos de obras nuevas o reformas y en la adquisición de equipamiento de edificios administrativos.
Artículo 24 — La Administración pública empleadora
Reserva del 5,5% de vacantes para discapacidad ≥33% (máx. 10%). Adaptación de pruebas selectivas. Acciones positivas de conciliación laboral y familiar.
Artículo 25 — La Administración pública prestadora de servicios
La Junta de Extremadura automatiza trámites, simplifica documentación y ofrece comunicación electrónica 24h. Además, elabora un plan de mejora continua para que edificios, procesos y servicios sean accesibles y utilizables por personas con discapacidad.
Disposición adicional primera — Oficina de Responsabilidad Social Empresarial
Existe una Oficina de Responsabilidad Social Empresarial, dependiente de la Consejería de trabajo, que informa y apoya a las empresas. Está servida por empleados públicos de la relación de puestos de trabajo.
Disposición adicional segunda — Elaboración de una memoria anual de responsabilidad social gubernamental
La Junta de Extremadura elabora una memoria anual con las políticas y acciones de responsabilidad social de sus organismos públicos. Se remite a la Asamblea de Extremadura en los seis meses siguientes al cierre del ejercicio.
Disposición adicional tercera — Financiación
La Ley de Presupuestos de Extremadura incluye una partida para la responsabilidad social empresarial, sujeta a la evolución económica y disponibilidades presupuestarias. La dotación se asigna en la Dirección General de Trabajo.
Disposición adicional cuarta — Desarrollo reglamentario
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura puede desarrollar reglamentariamente esta ley, a iniciativa del Consejero competente en materia de trabajo.
Disposición derogatoria — Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura.
Disposición final — Entrada en vigor
La Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura, entra en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOE núm. 239, de 15 de diciembre de 2010.
Leyes en las que se basa
- el art. 49 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero BOE-A-1983-6190
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