Ley 24/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión
También conocida como: L 24/2010, L 24/10Esta ley regula qué impuestos gestiona la Comunidad Autónoma de Aragón y cómo recibe los fondos recaudados por el Estado para financiar sus servicios.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Cesión de tributos
Se cede a Aragón el 50% del IRPF y del IVA, el 58% de los impuestos especiales (cerveza, vino, alcohol, hidrocarburos, tabaco, electricidad, transporte) y el 100% del Patrimonio, Sucesiones, Transmisiones, Juego y ventas minoristas de hidrocarburos.
Artículo 2 — Alcance y condiciones de la cesión. Atribución de facultades normativas
Aragón asume competencias de reclamaciones y normas legislativas según la Ley 22/2009. El Estado establece procedimientos supletorios para homogeneizar la gestión. La Administración tributaria estatal puede inspeccionar operaciones en varias comunidades.
Disposición transitoria primera — Régimen transitorio de la cesión efectiva del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos
La Agencia Estatal Tributaria gestiona los impuestos sobre transporte y hidrocarburos hasta que la Comunidad Autónoma de Aragón solicite el traspaso de servicios.
Disposición transitoria segunda — Régimen transitorio de la competencia para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas, asumida por la Comunidad
La Comunidad Autónoma de Aragón asumirá la resolución de reclamaciones económico-administrativas cuando se traspasen los servicios y funciones correspondientes.
Disposición transitoria tercera — Escalas y tipos de gravamen del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables en el periodo impositivo 2010
En 2010, las escalas y tipos del IRPF en Aragón se rigen por la Ley 35/2006 y la Ley 22/2009, según su redacción vigente.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Queda derogada la Ley 25/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, desde el 1 de enero de 2009.
Disposición final única — Entrada en vigor
La ley entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, pero sus efectos se retrotraen al 1 de enero de 2009.
Información general
Temas
Notas oficiales
Efectos desde el 1 de enero de 2009.
Leyes en las que se basa
- con efectos desde el 1 de enero de 2009, la Ley 25/2002, de 1 de julio BOE-A-2002-13004
- la disposición adicional 2.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril BOE-A-2007-8444
- Ley 22/2009, de 18 de diciembre BOE-A-2009-20375
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