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En vigorOrden

Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores

También conocida como: O 3111/2009, O 3111/09
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20 de noviembre de 2009·26 de enero de 2026·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-2009-18472
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo presentar el resumen anual del IVA y cómo dar de alta o baja tu actividad económica ante Hacienda mediante formularios oficiales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
Artículos
14
Versiones
6
Categorías

Qué ha cambiado

13 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Aprobación del modelo 390

    Se aprueba el modelo 390. Lo presentan sujetos pasivos con autoliquidaciones periódicas o conjuntas. Se excluye a quienes tributen solo en régimen simplificado o arrendamiento de inmuebles, y a quienes lleven libros registro en la Sede electrónica de la AEAT.

  2. Artículo 2 — Formas de presentación

    La presentación del modelo 390 se rige por la Orden HAP/2194/2013, que regula los procedimientos y condiciones generales para autoliquidaciones y declaraciones tributarias.

  3. Artículo 4 — Opción de presentación de la declaración-resumen anual, modelo 390, obtenido mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria

    Se suprime la opción de presentar el modelo 390 mediante el servicio de impresión desarrollado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  4. Artículo 8 — Plazo de presentación del modelo 390

    El modelo 390 debe presentarse en los 30 primeros días naturales de enero siguiente al año de la declaración, salvo lo establecido en el artículo 4.

  5. Disposición derogatoria única — Derogación de modelos de declaración, y de las normas que regulan el lugar, forma y plazo de su presentación, así como las condiciones y procedimiento para su presentación telemática por Internet

    Se derogan las Órdenes de 1999 y 2001 sobre modelos 390/392, artículos de la Orden EHA/3061/2005, artículos 1 y 2 de la Orden EHA/3397/2006, y apartados de la Orden EHA/3435/2007.

  6. Disposición final primera

    Se modifican las denominaciones de las casillas B1, B2, B3, 631, 632 y 633 del modelo 036, refiriéndose a residentes, no residentes, países y actividades IRNR.

  7. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Afecta por primera vez a las declaraciones del modelo 390 correspondientes al ejercicio 2009.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de noviembre de 2009
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

  • el Reglamento aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre BOE-A-1992-28925
  • Orden de 26 de noviembre de 1999 BOE-A-1999-22897
  • Orden de 19 de noviembre de 2001 BOE-A-2001-21953
  • arts. 4, 5 y 6 de la Orden EHA/3061/2005, de 3 de octubre BOE-A-2005-16483
  • arts. 1 y 2 de la Orden EHA/3397/2006, de 26 de octubre BOE-A-2006-19172
  • art. 4.3 y lo indicado del 4.5 de la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre BOE-A-2007-20485
  • Anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril BOE-A-2007-9508

Leyes que la modifican

  • el anexo I, por Orden EHA/3061/2010, de 22 de noviembre BOE-A-2010-18367
  • los arts. 1.2 y 2, SE AÑADE los arts. 4 y 5, SE RENUMERA los arts. 4 a 6 y SE SUSTITUYE el anexo I , por Orden HAP/2725/2012, de 19 de diciembre BOE-A-2012-15380
  • el art. 1 y SE SUSTITUYE el anexo I, por Orden HAP/2373/2014, de 9 de diciembre BOE-A-2014-13180
  • el anexo I, por Orden HAP/2429/2015, de 10 de noviembre BOE-A-2015-12436
  • el art. 1, por Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre BOE-A-2016-9315
  • el art. 1, por Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo BOE-A-2017-5312
  • el art. 1.1 y 3 y el anexo I, por Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre BOE-A-2018-14901
  • el anexo I, por Orden HAC/1274/2019, de 18 de diciembre BOE-A-2019-18750
  • el anexo I, por Orden HAC/646/2021, de 22 de junio BOE-A-2021-10509
  • el art. 2, SE SUPRIME del 3 al 7 y los anexos II y III y SE SUSTITUYE el I, por Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre BOE-A-2022-19290
  • el anexo I, por Orden HFP/1397/2023, de 26 de diciembre BOE-A-2023-26632
  • con efectos desde el 1 de noviembre de 2024, el anexo I, por Orden HAC/1167/2024, de 17 de octubre BOE-A-2024-21961
  • con los efectos indicados, el anexo I, por Orden HAC/27/2026, de 22 de enero BOE-A-2026-1761
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