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En vigorLey

Ley 7/2008, de 13 de junio, de reconocimiento de la Universitat Internacional Valenciana

También conocida como: L 7/2008, L 7/08
Ver en BOE
9 de julio de 2008·30 de diciembre de 2023·Comunitat Valenciana·BOE-A-2008-11590
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula la creación y el funcionamiento de la Universitat Internacional Valenciana como centro de educación superior oficial.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Reconocimiento de la Universitat Internacional Valenciana

    Se reconoce la Universitat Internacional Valenciana como universidad privada no presencial con títulos oficiales.

  2. Artículo 2 — Enseñanzas y organización

    La Universitat Internacional Valenciana imparte grado, máster, doctorado (no presencial) y otras actividades. Tiene sede en Valencia y puede crear centros en la Comunitat Valenciana o fuera. Mantiene enseñanzas 2 cursos extra para alumnos sin convocatorias agotadas.

  3. Artículo 3 — Implantación e impartición de enseñanzas

    La conselleria competente autoriza las enseñanzas tras comprobar compromisos y trámites de la Ley Orgánica 6/2001 modificada por la 4/2007. Para títulos oficiales, la universidad se ajusta a la programación universitaria de la Comunitat Valenciana.

  4. Artículo 4 — Evaluación y control de la Universitat Internacional Valenciana

    Las enseñanzas se evalúan por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva. Se presenta memoria anual a la conselleria. Les Corts pueden revocar el reconocimiento por incumplimiento.

  5. Artículo 5 — Normas de organización y funcionamiento de la Universitat Internacional Valenciana

    Las normas de organización y funcionamiento de la Universitat Internacional Valenciana se someten al control de legalidad del Consell, según el artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2001 modificada por la Ley Orgánica 4/2007.

  6. Artículo 6 — Financiación de la Universitat Internacional Valenciana

    La financiación de la Universitat Internacional Valenciana proviene de matrículas, rendimientos, aportaciones, rentas patrimoniales, subvenciones, donaciones, herencias, premios, convenios y cualquier otro recurso autorizado por la ley.

  7. Disposición adicional única — Inicio de actividades como Universidad

    La Universitat Internacional Valenciana inicia sus actividades como universidad desde la entrada en vigor de la ley, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3.

  8. Disposición final primera — Autorización para el desarrollo reglamentario

    Se autoriza al Consell para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de esta ley, dentro de sus atribuciones.

  9. Disposición final segunda — Entrada en vigor de la ley

    La Ley 7/2008, de 13 de junio, de reconocimiento de la Universitat Internacional Valenciana, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
9 de julio de 2008
Departamento
Comunitat Valenciana

Notas oficiales

Publicada en el DOGV núm. 5788, de 19 de junio de 2008.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • los arts. 1, 2 y 6, por Ley 3/2022, de 22 de julio BOE-A-2022-13727
  • los arts. 1, 2 y 6, por Ley 7/2023, de 26 de diciembre BOE-A-2024-2666
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