Orden INT/3543/2007, de 29 de noviembre, por la que se modifica y determina el modelo, contenido y formato de la guía de circulación para explosivos y cartuchería metálica, y se dictan instrucciones para su confección
También conocida como: O 3543/2007, O 3543/07Esta norma regula el documento oficial necesario para transportar explosivos y munición metálica de forma segura y controlada.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 7 de noviembre de 2015Reforma BOE-A-2015-12054Ver qué cambió →
- 10 de abril de 2015Reforma BOE-A-2015-3830Ver qué cambió →
- 6 de diciembre de 2007Versión original BOE-A-2007-20983
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (6 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Primero. Aprobación del modelo de guía de circulación para explosivos y cartuchería metálica
Se aprueba el modelo de guía de circulación para explosivos y cartuchería metálica, incluido como Anexo I de la Orden INT/3543/2007.
Segundo. Tramitación
La tramitación de la guía de circulación para explosivos y cartuchería metálica se realiza conforme al Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero.
Tercero. Instrucciones para su confección
La guía se confecciona según anexo II. El N.º Identificación puede registrarse por medios telemáticos garantizando confidencialidad e integridad.
Disposición adicional única — Adenda de actualización del Plan de Seguridad
Cada transporte de explosivos requiere cumplimentar la Adenda de Actualización del Plan de Seguridad según la Instrucción Técnica Complementaria 1.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden.
Disposición final única — Entrada en vigor
La Orden INT/3543/2007, de 29 de noviembre, entra en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero BOE-A-1998-5934
- Real Decreto 277/2005, de 11 de marzo BOE-A-2005-4113
Leyes que la modifican
- lo indicado , por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-12054
- el art. 3, por Orden INT/607/2015, de 27 de marzo BOE-A-2015-3830
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.