Real Decreto 176/2006, de 10 de febrero, sobre términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los dirigentes religiosos e imames de las comunidades integradas en la Comisión Islámica de España
También conocida como: RD 176/2006, RD 176/06Esta norma permite que los imames y líderes de la Comisión Islámica de España coticen a la Seguridad Social para tener acceso a sanidad y pensión.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Asimilación a trabajadores por cuenta ajena
Dirigentes religiosos islámicos e imames de la CIE inscritos se asimilan a trabajadores por cuenta ajena para la Seguridad Social, según este real decreto.
Artículo 2 — Ámbito personal de aplicación
Son imanes quienes dirigen comunidades islámicas establemente, no a título gratuito. Se acredita con certificación de la comunidad y conformidad de la CIE.
Artículo 3 — Acción protectora
La protección es la del Régimen General, excepto desempleo. Enfermedad y accidente se consideran comunes y no laborales respectivamente.
Artículo 4 — Cotización
La cotización sigue normas generales, con base y liquidación específicas. No hay obligación de cotizar por desempleo, Fondo de Garantía Salarial ni formación profesional.
Artículo 5 — Obligaciones empresariales
Las comunidades religiosas asumen los derechos y obligaciones de empresarios en el Régimen General de la Seguridad Social.
Disposición final primera — Desarrollo reglamentario
Se faculta al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar disposiciones necesarias para la aplicación del real decreto.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto 176/2006 entra en vigor el día primero del segundo mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto BOE-A-1977-23050
- el art. 5 de la Ley 26/1992, de 10 de noviembre BOE-A-1992-24855
- Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE-A-1994-14960
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