Saltar al contenido
← Volver
En vigorOrden

Orden DEF/3316/2006, de 20 de octubre, por la que se regulan determinados aspectos de los compromisos, el cambio de relación de servicios y el cambio de especialidad del militar profesional de tropa y marinería

También conocida como: O 3316/2006, O 3316/06
Ver en BOE
31 de octubre de 2006·15 de marzo de 2022·Ministerio de Defensa·BOE-A-2006-18872
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma regula cómo los militares de tropa y marinería pueden renovar su contrato, cambiar de especialidad o modificar su relación con el Ejército.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

10
Artículos
3
Versiones
5
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Primero. Suscripción del compromiso inicial y adquisición de la condición de militar profesional de tropa y marinería

    El compromiso inicial se formaliza con el modelo del anexo I. La condición de militar profesional se adquiere al obtener el empleo de soldado o marinero concedido por el Jefe de Estado Mayor, tras superar la formación y firmar el compromiso.

  2. Segundo. Procedimiento para las renovaciones del compromiso inicial

    La solicitud de renovación del compromiso inicial debe presentarse durante el cuarto mes anterior a la finalización, indicando el periodo de dos o tres años. Los órganos de evaluación emiten un informe sobre tiempo de servicios, limitaciones e idoneidad. La formalización se hace firmando el modelo

  3. Tercero. Requisitos y procedimiento para la suscripción del compromiso de larga duración

    Compromiso larga duración: >5 años servicio (3 últimos en el ejército), nacionalidad española, idóneo, médicos, físicos, formación y competencias digitales/lingüísticas. Solicitud entre 5 y 6 años.

  4. Quinto. Condiciones y procedimiento para el cambio de relación de servicios

    Los militares de tropa y marinería permanentes menores de 45 años pueden cambiar a compromiso de larga duración. Deben solicitarlo al Jefe de Estado Mayor de su Ejército mediante el modelo del anexo IV. Tras la resolución, formalizan el compromiso con el modelo del anexo I. No hay cambio de especial

  5. Disposición transitoria primera — Exención de requisitos académicos para la suscripción del compromiso de larga duración

    Se exime el requisito del título de Graduado en Educación Secundaria para suscribir el compromiso de larga duración a alumnos en formación general y militares con compromiso vigente a la entrada en vigor de la Ley de Tropa y Marinería.

  6. Disposición transitoria segunda — Fecha de inicio del compromiso de larga duración

    Los militares de tropa y marinería con más de seis años de servicios a la entrada en vigor de la Ley 8/2006 tendrán como fecha de inicio del compromiso de larga duración el 26 de abril de 2006.

  7. Disposición transitoria tercera — Personal de aplicación

    Para incorporaciones desde 2022 se aplican nuevos requisitos. Anteriormente se exige: más de 5 años de servicios (3 con el ejército), nacionalidad española, título de Graduado en Educación Secundaria, evaluación idónea y tiempos mínimos en destinos.

  8. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga la Orden Ministerial 103/2000 para militares de tropa y marinería. También se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta Orden Ministerial.

  9. Disposición final única — Entrada en vigor

    La Orden DEF/3316/2006, de 20 de octubre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
31 de octubre de 2006
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el apartado 4, por Orden DEF/1044/2016, de 22 de junio BOE-A-2016-6307
  • el apartado 3 y SE AÑADE la disposición transitoria 3 , por Orden DEF/183/2022, de 7 de marzo BOE-A-2022-4023
cambio de destino militarcambio de especialidad militarcarrera militarcompromiso militarrenovación contrato militarser militar profesionaltropa y marinería